The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry

el 30 de setiembre. Además, el 25, los Ministros Martín Guzmán (Economía) y Claudio Moroni (Trabajo) anunciaron un ingreso de emergencia, para trabajadores informales, de 10.000 $ (diez mil pesos argentinos), durante abril. El 31 de marzo, el Presidente anuncia, por Decreto DNU 325/2020, que la cuarentena se extenderá hasta el 13 de abril, y se prohíben los despidos. Se organiza, vía Internet, un sistema de permisos de circulación que se irá perfeccionando con el correr de los días, para casos específicos. Algunos distritos, como la Cuidad Autónoma de Buenos Aires (CABA), implementaron un programa de voluntariado para atender a nuestros adultos mayores. El 1 de abril, por Decreto 331/2020, se amplía el plazo del Decreto 274 hasta el 12 de abril, y, por Decreto 332/2020, se crea un programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, para empleadores que propone una reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales, una asignación salarial compensatoria, otra por desempleo, y Programa de Recuperación Productiva (REPRO), un sistema por el cual el estado paga parte de los sueldos. El 9 de abril se dictan dos Decretos 351/2020 – en el que se convocan a todos los intendentes del país en el control de precios – y el 352/2020 – que crea el Programa para la emergencia financiera provincial. El 11 de abril, por Decreto 355/2020, se extiende el aislamiento en una etapa de “cuarentena administrada”, hasta el día 26, y se dispone que a solicitud de las jurisdicciones la Nación, previo análisis de una unidad de coordinación, permita cierta flexibilidad por localidades o para ciertas actividades productivas. También, por la Decisión Administrativa 490/2020 del Jefe de Gabinete, se amplían las actividades que pueden circular (básicamente: gomerías, talleres mecánicos y bancos) y se establece un protocolo para las necesidades de persona con discapacidad. A esta altura se multiplican los pedidos de prisión domiciliaria por razones humanitarias, en un sistema carcelario que no puede responder en ningún sentido. Tema complejo ha sido el de la repatriación, tratado por las Resoluciones 62 y 65/2020 del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, con la creación del “Programa de asistencia de argentinos en el exterior en el marco de la pandemia de coronavirus”, que autorizó a cada representación argentina en el exterior a poder adoptar las medidas que resulten pertinentes a los fines de garantizar a los argentinos en el exterior: a) Hospedaje; b) Alimentación; c) Asistencia sanitaria; y d) Toda otra necesidad básica. Esto porque ya muchos países impiden la llegada de aviones, y esto, lógicamente, dificulta el proceso. Al llegar, los repatriados deben firmar una declaración jurada de salud, bajarse una app que los geo-referencia y someterse a la cuarentena, previo volver a sus hogares.

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