The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry

Para mayor abundar, el Artículo 59 de la Constitución peruana es explicito cuando indica que “El estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas”. El derecho a la salud, como observamos, es un límite a las libertades económicas; pues los derechos no son absolutos, el Contenido Constitucional de cada uno de ellos se ve delimitado por otros derechos e inclusive por principios y valores constitucionales. De otro lado, se sostiene que, en caso de conflicto entre derechos, se debe tratar de compatibilizar, en la medida de lo posible, teniendo en cuenta la naturaleza y la situación de las cosas, para finalmente armonizarlos. Empero, cuando sean poco probable estas acciones, se debe optar la protección, sopesando la mayor importancia de los bienes jurídicos, ya sean derechos o principios, en cuanto al bien común o entre bienes comunes que se protegen de conformidad con las circunstancias imperante de la realidad. En concreto, si ponderamos la afección al derecho de la salud por el virus en avance, sin tomar medidas adecuadas en forma inmediata, se afectaría gravemente la salud de la población, tal como ocurrió con España e Italia, que reaccionaron muy tarde con las medidas de aislamiento social. En este caso, los derechos económicos (derechos de la empresa, comercio e industria) deben ceder a esta medida gubernamental, por el bien común y la sanidad de la población total del territorio peruano. El principal objetivo, en este caso, es mitigar que este virus se propague por la mayoría de la población, a fin de evitar que las personas (trabajadores, usuarios, intermediarios directivos) se expongas al virus, vulnerando no solo la salud de las personas en sí, sino a otras, ya que por cada contagiado se multiplican los contagios en orden exponencial. Así, la orientación gubernamental se ciñe a gestionar este riesgo, bajo las etapas de identificar, medir, monitorear, comunicar, tratar y controlar los peligros de contagios, a los cuales la población está expuesta, a fin de reducir la probabilidad de su ocurrencia, más allá de lo esperado, amortiguando, por tanto, su impacto en limites controlables hasta su desaparición. En tal sentido, estas medidas han afectado no solo a personas, debido al aislamiento social, sino también las empresas de diversos sectores no indispensables que tuvieron de cerrar. Las pérdidas diarias, según Castillo Arévalo, fueron para el Comercio de 1.072

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