The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry
19 monetaria del Banco Central en 0,5% – la más baja de los últimos 40 años –, según se señalará a continuación), se proyecta que la tasa de interés real de los créditos garantizados por el Estado sea cercana a cero, considerando la evolución de la inflación para los próximos meses. En forma adicional, los bancos participantes postergarán cuotas o vencimientos de las deudas preexistentes para aliviar la carga financiera de las empresas y maximizar la inyección de recursos frescos a la economía. El Gobierno señaló que, a este respecto, alcanzó acuerdos con los principales bancos del país, que representan más del 90% de la cobertura bancaria existente. 3.2. Medidas Cambiarias En Chile, la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos se encuentran a cargo del Banco Central. El Banco Central es autónomo del poder político, tiene rango constitucional y sus consejeros son elegidos por el Presidente de la República, con ratificación del Senado. Entre sus funciones, le corresponde fijar las tasas de interés, sistemas de reajustes, comisiones y demás condiciones a las operaciones que efectúe el Banco. En este sentido, ha fijado la tasa de política monetaria en un 0,5%, igualando la tasa más baja de su historia, aplicada durante la crisis subprime . Se espera que, con la baja histórica de la tasa de política monetaria, los bancos comerciales traspasen esa baja a sus clientes, sin embargo, se ha denunciado que ello no ha ocurrido. Si perjuicio de ello, el Ministro de Hacienda chileno señaló que, en razón de la baja tasa de política monetaria, la tasa de interés nominal que pudiese cobrar un banco comercial por operaciones de crédito de dinero no debiese ser superior a un 3,5%. Esta tasa será la máxima que podría cobrarse por la línea de crédito con garantía del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), que se verá más adelante. En materia de política cambiaria, es importante señalar que, en Chile, rige un régimen de flotación cambiaria en el cual el tipo de cambio está determinado por el mercado, de acuerdo con la oferta y demanda de divisas, y el Banco Central, por regla general, no interviene en el tipo de cambio. Solo excepcionalmente el Banco Central interviene
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