The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry

produce “un cambio de visión que incluya dentro de sus principales políticas el desarrollo sostenible del destino turístico aprovechando la voluntad, capacidad técnica y profesional de distintas organizaciones, asociaciones y fundaciones que hacen vida en el país y se preparan para el cambio del futuro” 17 . En todo caso, teniendo en cuenta este panorama, muchas relaciones turísticas quedaron en suspenso. Por ello nos interesa analizar, desde el Derecho del Turismo en Venezuela, cual es la suerte que estas relaciones correrán y cuál podría ser la respuesta dada al turista frente a las mismas. II. Características de las Relaciones de Turismo y COVID-19 Desde el punto de vista contractual, el turista se encuentra inmerso en una serie de complejas relaciones, vinculadas a su propio desplazamiento, que incluyen desde el transporte en todas sus modalidades, hasta el alojamiento, pasando por otras prestaciones vinculadas a alimentación, visita de atracciones turísticas, entre otras. Estos servicios pueden ser contratados directamente con el prestador, o mediante intermediarios, como agencias de viajes y turismo o plataformas digitales que ponen a las partes en contacto. Estas relaciones, aunque diversas, tienen características comunes que exploraremos brevemente, debido a que las mismas tienen influencia en las posibles respuestas que dará el ordenamiento jurídico venezolano. Las relaciones de turismo suelen ser contractuales y calificadas, en particular, como contratos de servicios 18 . En Venezuela, el turismo incluso ha sido considerado como un 17 Shariff Hernández, Oscar, El futuro del turismo después del covid-19, en: El Nacional , 14 de abril de 2020. https://www.elnacional.com/opinion/el-futuro-del-turismo-despues-del-covid-19/. 18 Muchas de las aproximaciones al concepto de servicio se fundamentan en un listado de actividades que son calificadas como tal y en ellas suele incluirse, precisamente, al turismo. Así puede verse en el Documento de la Secretaría del GATT MTN.GNS/W/120, de 10 de julio de 1991 y en el Manual de Balanza de Pagos (Washington, 5ª ed., 1993) del FondoMonetario Internacional. Algunos autores también han hecho sus catálogos de servicios y han incluido al turismo. Así puede verse en: Lorenzetti, Ricardo Luis, Contratos. Parte especial , Buenos Aires, Rubinzal-Culzoni, 2004, T. II, pp. 12-13; Lorenzetti, Ricardo Luis, Los servicios en la economía global: precisiones en la dogmática jurídica, en: Revista Latinoamericana de Derecho , 2006, No. 5, pp. 153 ss. (especialmente p. 155); López Escudero, Manuel, El comercio internacional de servicios después de la Ronda Uruguay , Madrid, Tecnos, 1996, p. 23; Schwamm, Henri y Patricio Merciai, Les entreprises multinationales et les services , Genève, Dossier de l’Institut de Recherche et d’Information sur les Multinationales, 1985, p. 11.

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