The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry
21 - Derechos de los viajeros de ferrocarril: 1. Derecho a ser informado; 2. Derecho al reintegro o a la continuación del viaje o conducción por vía alternativa; 3. Derecho a obtener asistencia; y 4. Derecho a obtener asistencia. - Derechos de los viajeros de autobús: 1. Derecho a ser informados; 2. Derecho a la continuación del viaje o transporte alternativo, o al reembolso; 3. Derecho a obtener asistencia; y 4. Derecho a indemnización. - Derechos de los pasajeros de transportes por mar y por vías navegables: 1. Derecho a ser informados; 2. Derecho a transporte alternativo o reembolso; 3. Derecho a obtener asistencia; y 4. Derecho a indemnización. Respecto a los contratos de viajes, a nivel práctico, los usuarios que tenían contratado un viaje -suelto o combinado-, ante la emergencia causada por el COVID-19, pueden plantearse la opción de cancelarlo o valorar y negociar la posibilidad de aplazar el viaje y hacerlo en otro momento. En una u otra opción creemos que no deben ser los consumidores quienes deben cargar con el coste de las cancelaciones causadas por el coronavirus 33 . En el transporte aéreo, si es la compañía quien cancela el viaje, los pasajeros afectados por cancelaciones de vuelos como consecuencia de la declaración de emergencia sanitaria mundial tienen derecho recibir información, asistencia y reembolso del importe del billete, o si es posible, transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible o en una fecha posterior a su conveniencia. Como las cancelaciones obedecen a una circunstancia extraordinaria ajena a la compañía, tal como recoge el Reglamento Europeo, el pasajero no tiene derecho a la compensación económica entre 250 a 600 euros que se prevé para los supuestos de cancelación de vuelos que se producen por 33 Téngase en cuenta que en nuestros días, cada vez son las personas que a lo hora de contratar sus viajes suscriben pólizas de seguro de asistencia y/o cancelación. La gran mayoría de los seguros de cancelación de viaje excluyen de su cobertura el riesgo de pandemia aunque como se ha señalado anteriormente que en caso de cancelación por fuerza mayor -circunstancia extraordinaria, imprevisible e inevitable ajena a la compañía que es en la que nos encontramos-, no es necesario tener un seguro de cancelación para que procedan a la devolución del importe del viaje. Por otra parte, es frecuente que las compañías aseguradoras indiquen en la póliza que no se hacen cargo de la asistencia si se inicia un viaje a una zona desaconsejada por las autoridades, por problemas sanitarios o por cualesquiera otros, como zonas donde haya un conflicto bélico, por ejemplo. Incluso, si no lo indicaran expresamente, podrían no cubrir al asegurado si aprecian temeridad en su decisión de viajar. Además, las zonas de riesgo pueden ir variando según la evolución de la situación.
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