The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry
22 hacer el viaje con él, le carga en la tarjeta el importe, le notifica un número de reserva una vez que recibe la aceptación por el prestador del servicio, que envía un whatsapp para quedar con él”; y (v) por último, emite “un ticket desglosando el importe abonado y los gastos de gestión además del IVA”. Pese a ello, el juzgador no entendió probados estos hechos. Es más, en su sentencia señala que “ la actividad de las demandadas consiste en la creación de una plataforma virtual a la que pueden acceder los pretendientes de hacer viajes o los pretendientes de abaratar los suyos, poniéndose de acuerdo en cuyo caso intervienen identificando a las personas no para hacer los viajes o para pagar los gastos, sino para poner a unos y a otros de acuerdo en función de determinadas reglas que publican claramente en su página web para hacerlo a través de su intervención ” (FJ 4). Reconoce, eso sí, que la plataforma perfecciona un sistema de contactar entre las personas que deseen realizar estos viajes, algo que se ha venido haciendo de forma artesanal (anuncios en universidades, supermercados, etc.), “ pues debido a su fama y a la publicidad que realiza, todo el que quiere abaratar su viaje, o el que quiere hacerlo en un coche particular puede acceder de forma infinitamente más efectiva que si lo hace a través de un anuncio mecánico o informático ”. En consecuencia, la actividad que realiza BlaBlaCar es ajena a la regulada por la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), “ pues poner en contacto a particulares con más o menos requisitos, con un control de pagos, con una crítica de las personas intervinientes sobre retrasos o sobre la calidad de otros servicios no es una actividad sujeta a la ley de ordenación del transporte terrestre ” (FJ 5). En definitiva, BlaBlaCar ha creado una vía telemática que permite poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos, compartiendo determinados gastos del trayecto. Si bien, para contribuir a la calidad del servicio de contacto, ha puesto unos márgenes, unos límites y un formato de actuación, que, en cualquier caso, no son obligatorios para las partes que contactan con dicha plataforma para realizar el trayecto. Asimismo, deja clara la falta de vinculación de los conductores con la plataforma, en cuanto que no son trabajadores de BlaBlaCar, sino particulares que, por su cuenta y riesgo, se ofrecen en la citada plataforma, buscando a personas que tengan interés en realizar su mismo viaje y compartir los gastos que este genera (FJ 5).
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