Derecho del Turismo en las Américas
1006 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS tan y la moneda en que deberá pagarse y 2) las condiciones generales del servicio y uso de las instalaciones; b) Cumplir con las reservaciones que hayan sido confirmadas. Cuando por cualquier causa no pudiera cumplir con las mismas en la fecha acordada, deberá proporcionar al huésped, alojamiento en otro establecimiento de calidad y precios similares y asumir los gastos del traslado del huésped al nuevo establecimiento; c) Llevar un sistema de registro e identificación de huéspedes, el que deberá incluir al menos la siguiente información: fecha de entrada y salida, nom‑ bre del cliente, tipo y número de documento de identificación, lugar de procedencia, número de habitación y tipo, teléfono o correo electrónico de contacto, tarifa y forma de pago aplicable y aceptación del huésped, quien deberá firmar la hoja de registro; d) Contar con un área específica de recepción y lugares de uso común o público, los cuales gozarán de libre acceso y circulación para huéspedes y visitantes; y e) Exhibir, en lugar visible en cada habitación, pasillos y lugares de uso común, las medidas de seguridad y salidas de emergencia en caso de incen‑ dio, terremoto o de cualquier otro siniestro. De conformidad al Reglamento de la Ley de Turismo de El Salvador, se con‑ sideran empresas turísticas de recreación, aquéllas dedicadas comercialmente a brindar servicios o realizar actividades de diversión y esparcimiento, principal‑ mente a turistas. Entre ellas tenemos las siguientes: a) Campo de Golf: establecimiento que posee un terreno de considerable extensión, cubierto de césped, acondicionado para la práctica del deporte del Golf, con un mínimo de nueve hoyos, con acceso a turistas y público en general; b) Discotecas: establecimientos independientes o complementarios a otro servicio turístico, que ofrecen entretenimiento y diversión, principalmente en horas nocturnas, con área de pista de baile y música que puede ser en vivo o de grabación. Su actividad deberá estar enmarcada dentro de la moralidad, buenas costumbres, y cuya admisión será permitida solo a mayores de edad; y c) Parques Temáticos: establecimientos dedicados al servicio de recreación mediante instalaciones diseñadas y construidas para exaltar uno o varios
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