Derecho del Turismo en las Américas
1008 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS nes desarrolladas de conformidad con el tema escogido; c) prestar sus servicios asociados, cuando menos, a uno de los servicios complementarios relativos a alojamiento, alimentación, recreación, visitas guiadas u otros conceptos que for‑ men parte de un sistema integrado por operadores turísticos; d) contar con el personal debidamente capacitado, instalaciones apropiadas y el equipo especiali‑ zado para el desarrollo de sus actividades, el cual, según la modalidad, deberá encontrarse en buen estado de mantenimiento y limpieza. El equipo no deberá presentar desgaste o deterioro que imposibilite su normal uso, suciedad o malos olores; e) en caso de prestar entre sus servicios el alquiler de vehículos automoto‑ res terrestres, aéreos o acuáticos, deberán cumplir, en lo que les sea aplicable, con los requisitos para las empresas dedicadas a tales actividades; f ) las empresas de servicios turísticos de recreación deberán garantizar la seguridad física, higiene y calidad de los servicios y actividades que ofrezcan a sus clientes. Deberán com‑ probar que el personal encargado del establecimiento está debidamente capacitado para el tratamiento de primeros auxilios y contar con el equipo médico adecuado para tal efecto; y g) contar con Reglamento Interno de Operación, Manuales de Seguridad y atención de emergencias para cada actividad que se realice, Manual, programa y bitácora mensual de mantenimiento de equipo uti‑ lizado de cada actividad y de la infraestructura, Póliza de responsabilidad civil en caso de accidente y Póliza de Riesgo de Trabajo. De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Turismo de El Salvador, se con‑ sideran empresas turísticas de información, dependiendo de sus características y servicios, las siguientes: a) Operadores de turismo receptivo: empresa que diseña o integra productos, servicios turísticos o realiza actividades de intermediación entre turistas y los prestadores de servicios turísticos, de viajes, paquetes, recorridos o cir‑ cuitos turísticos dentro del territorio nacional, a través de convenios o contratos específicos con los prestadores finales del servicio, y los comer‑ cializa directamente a través de agencias de viajes mayoristas y minoristas u otros operadores de turismo, tanto nacionales como extranjeros. Estas empresas podrán desarrollar además, cualquiera de las siguientes activida‑ des: 1) venta de toda clase de servicios turísticos, como intermediarios entre los prestadores de los servicios y los usuarios, bajo remuneración por comisión; 2) recepción y asistencia de turistas en los viajes y excursiones o durante su permanencia en el país; 3) prestación de servicios turísticos en representación de otra empresa u operador; o 4) cualquier otro servicio que
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy