Derecho del Turismo en las Américas
Marco Legal del Turismo en El Salvador 1029 que, a la fecha, reporta diecinueve agencias de viajes miembros de la gremial, que representan más del 90% de las ventas producidas por este canal de distri‑ bución. Las agencias asociadas son: Anna’s Travel; Escamilla Viajes; ATMTravel; Amata Travel; Hispana de Viaje; Izalco Travel Bureau; Linda Trave; Panamex Travel; Proviajes; Sutter Tours; Travels & Tours; U‑Travel; Visa Travel; Agencia de Viajes Latinoamericana; Agencia de Viajes Leman’s; Agencia de Viajes Turitravel; Americas Tours; Viajes San Martin; AVI Travel; y VIP Agencia de Viajes. 4.5. Empresas Turísticas de Transporte Se consideran empresas turísticas de transporte, aquellas comercialmente dedica‑ das al arrendamiento de vehículos principalmente a turistas y aquellas que realizan servicios de traslado de turistas por vía terrestre, aérea, o acuática. Clasificación : Se consideran empresas turísticas de transporte, dependiendo de sus características y servicios, las siguientes: a) Arrendadora de vehículos : Empresa dedicada al arrendamiento de vehículos, sean terrestres, acuáticos o aéreos, principalmente a turistas, con o sin con‑ ductor, mediante contrato de arrendamiento, el que se regulará de acuerdo a la legislación sobre dicha materia. b) Transporte turístico : Empresa dedicada al servicio exclusivo y constante de traslado de personas que tengan la condición de turistas o que realicen actividades turísticas, de forma colectiva o selectiva, por vía terrestre, acuá‑ tica o aérea, generalmente entre aeropuertos, marinas, sitios de alojamiento y hacia lugares turísticos y viceversa. Deberá demostrar que sus actividades están dedicadas a operar Turismo Interno y Turismo Receptivo dentro del territorio nacional, prestando sus servicios asociados cuando menos a uno de los servicios complementarios relativos a alojamiento, alimentación, recreación, visitas guiadas u otros conceptos que formen parte de un sis‑ tema integrado por operadores turísticos. Obligaciones específicas para empresas arrendadoras de vehículos : Las empresas turísticas de transporte, que brinden sus servicios como arrendadora de vehícu‑ los, además de las obligaciones generales del Art. 11, estarán sujetas al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
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