Derecho del Turismo en las Américas

Índice del Derecho de Turismo en Guatemala 1041 2. REGULACIÓN DEL TURISMO EN GUATEMALA Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN 2.1. Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo y la creación del INGUAT Actualmente, Guatemala es un país turísticamente atractivo por su diversidad ecológica, clima adaptable, diversidad de cultura, diversidad arqueológica, arte‑ sanía y gastronomía y, debido a ello, la Constitución Política de la República de Guatemala ha hecho de importancia para el territorio guatemalteco el contar con un marco legal que regula y abarca en gran escala, todo lo relacionado con el turismo interno como externo. De la necesidad y del interés nacional de normar este tema, surgió la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo (Decreto No. 1701). Bajo la presente Ley se promulgaron los siguientes aspectos importantes: • Se crea el Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT), como la autori‑ dad superior en materia de turismo en el país y representa a Guatemala ante las entidades similares de otros países y ante los organismos interna‑ cionales de turismo. El INGUAT tiene como objetivo principal el promover el desarrollo del turismo interno y receptivo; • El INGUAT debe desarrollar funciones encaminadas al fomento del turismo interno tales como: i) Determinar lugares de atracción turística en territorio guatemalteco; ii) Cooperación con otras entidades encargadas de mantenimiento, conservación, exhibición y restauración y conocimiento de tesoros arqueológicos, históricos y artísticos; iii) Fomentar las industrias y artesanías típicas; iv) Habilitar playas o albergues; v) Divulgar programas religiosos de los más venerados santuarios de Guatemala y sus fechas importantes; vi) Disponer la construcción de aeródromos y vías de acceso a los lugares de interés turístico; vii) Emitir opinión favorable para obras autofinanciables tales como hoteles, moteles, turicentros, funiculares y otras entidades que tiendan a incrementar el turismo; viii) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones, comités y otras entida‑ des que se constituyan con fines de promoción turística; ix) Inscribir e inspeccionar a las empresas que se dedican al turismo en territorio nacio‑ nal; x) Hacer publicidad periódica o campañas publicitarias dirigidas al turismo; y xi) Imponer las sanciones correspondientes a las personas que infrinjan la Ley u otras normas apegadas al turismo;

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