Derecho del Turismo en las Américas

110 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS tivos turísticos, la complejización acelerada que informa al sector turístico y la realidad cambiante en la que se mueve la Administración turística, ha propiciado el tránsito desde mecanismos insertos en la gestión ordinaria de la Administración hacia fórmulas más flexibles ligadas, normalmente bajo distintos ropajes, a un régimen jurídico de Derecho privado. En concreto, es la política de fomento y promoción donde la utilización de fórmulas instrumentales sometidas a Derecho privado será más frecuente, mientras la ordenación del sector se mantiene en la Administración ordinaria 2 . Sin embargo, en ocasiones se prevé el desarrollo de una auténtica prestación de servicios turísticos actuando en el mercado en pie de igualdad respecto al resto de prestadores privados (en subsectores como aloja‑ mientos, monumentos emblemáticos, estaciones de esquí, etc.); en otros casos excepcionales, la convivencia entre Administración ordinaria y Administración Institucional se ha inclinado a favor de esta, de modo que el grueso de las com‑ petencias turísticas se articula a través de estas entidades instrumentales, residiendo en ellas la ordenación del sector y la definición general de la política turística (por ejemplo, la Autoridad de Turismo de Panamá o el Instituto Nicaragüense de Turismo) 3 . – La empresa turística La empresa turística constituye otro elemento subjetivo esencial en el Derecho del turismo, como sujeto cuya actividad se dirige a la prestación de servicios que dan respuesta a las demandas del turista. Las leyes de turismo contienen una exhaustiva regulación tendente a ordenar su estatuto jurídico‑público que pre‑ tende, por un lado, fijar un conjunto de condicionantes a la libre actuación empresarial con el fin de garantizar la calidad y la seguridad en las prestaciones turísticas, y por otro, regular la intensa intervención administrativa sobre la empresa turística, intervención que se ha ido intensificando a medida que nue‑ vos valores (medioambientales, de seguridad, salubridad, etc.) inciden de forma directa en su funcionamiento. En concreto, este estatuto se halla integrado por el concepto legal de empresa turística, su tipología, los requisitos indispensables para su puesta en marcha, así como un conjunto de derechos y deberes que han de informar su actividad. 2 M. CORCHERO PÉREZ, Derecho del Turismo. Conceptos fundamentales, Madrid, 2008, pp. 223‑224. 3 Para un estudio más exhaustivo de la organización administrativa del turismo, puede verse J. TUDELA ARANDA y S. CASTEL GAYÁN, Derecho del turismo. Un estudio comparado desde España e Iberoamérica , México, 2013, pp. 69‑112.

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