Derecho del Turismo en las Américas

Conceptualización y Sistematización del Derecho del Turismo 1109 Por otro lado, la Ley señala que la Secretaría de Turismo coordinará con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respecti‑ vas atribuciones, la instrumentaciónde los programas ymedidas para la preservación de los recursos naturales, la prevención de la contaminación, la ordenación y lim‑ pieza de las playas, la promoción del turismo de naturaleza y del de bajo impacto, así como el mejoramiento ambiental de las actividades e instalaciones turísticas. Con la Secretaría de Economía y demás dependencias y entidades competen‑ tes de la Administración Pública Federal, deberá promover y fomentar, en coordinación, la inversión de capitales nacionales y extranjeros en proyectos de desarrollo turístico y para el establecimiento de servicios turísticos; así como coadyuvar en las acciones tendientes a fortalecer y promover las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas. La Ley determina que la Secretaría de Turismo, en coordinación con la SE y ante las autoridades competentes federales, de los Estados, de los Municipios y del Distrito Federal, instrumente mecanismos y programas tendientes a facilitar los trámi‑ tes y gestión de los inversionistas y demás integrantes del sector turístico, que permitan la expedita creación y apertura de negocios y empresas en los destinos turísticos. También ordena que la Secretaría de Turismo, con la Secretaría de Seguridad Pública, participe en los casos en que se determine que sea necesaria la protec‑ ción de la integridad física de los turistas. Respecto de la Secretaría de Educación Pública, se establece que la Secretaría de Turismo promoverá y fomentará la investigación, educación y cultura turís‑ tica. Con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social colaborará en el desarrollo de programas de fomento al empleo turístico, así como de capacitación y profe‑ sionalización de la actividad turística, incorporando a las personas con discapacidad. Asimismo, la Ley obliga a la Secretaria de Turismo a colaborar con los comités locales de seguridad aeroportuaria y marítima de los destinos turísti‑ cos que determine la propia Secretaría. Otra actividad importante que se señala es promover, con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural del país, de acuerdo con el marco jurídico vigente. La Ley indica que la Secretaría debe Instrumentar, en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, normas de procedimientos tendientes a garantizar la protección de los derechos de los usuarios de los servicios turísticos, tales como los métodos alternativos que resuelvan conflictos ante incumplimien‑ tos por parte de prestadores de servicios turísticos.

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