Derecho del Turismo en las Américas

Análisis del Marco Jurídico del Turismo en Nicaragua 1143 tanto nacional como internacional y participar en todos los programas que de una u otra forma prueban el desarrollo del turismo rural sostenible, además determinara las normas técnicas para la certificación y sello de calidad para los prestadores de servicios turísticos rurales. Obligaciones y sanciones: El capítulo cinco abarca los Artículos 18 y 19, que nos hablan acerca de las obligaciones y sanciones que deben cumplir los presta‑ dores de los servicios de turismo rural sostenible. Dentro de las obligaciones que deben cumplir se encuentran las establecidas, en el Artículo 36 de la Ley No. 298, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, y el Artículo 70 de la Ley No. 495. Ley general de turismo, además promover un programa de actividades con condiciones básicas que logren satis‑ facer las necesidades de los visitantes, presentar el debido acondicionamiento de los establecimientos, garantizando el abastecimiento de agua potable, el respeto de las áreas naturales que tengan valor paisajístico y el disponer de un sistema de eliminación de residuos que no afecte, en lo más mínimo, al medio ambiente y mantenga de lo más puro su entorno. En caso de incumplir con alguna de estas obligaciones y violentar el espíritu de la Ley general de turismo rural y su reglamento, el INTUR, como órgano regulador, deberá aplicar las sanciones administrativas, correspondientes a los prestadores de servicios turísticos contenidos en los Artículos 83 y 84 de la Ley No. 495, Ley general de Turismo, y los Artículos del 41 al 44 de la Ley No. 298, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo. 4.5. Reglamento de la Ley de Turismo Rural Sostenible 24 El objetivo principal de este reglamento es la aplicación de la normativa de la Ley de turismo rural sostenible y, para poder tener una mejor comprensión, hace un señalamiento de las distintas abreviaturas utilizadas el contenido del mismo, tales abreviaturas son: INTUR (Instituto Nicaragüense de Turismo), CANATUR (Cámara Nacional de Turismo), CANIMET (Asociación Cámara Nicaragüense de Microempresarios Turísticos), CANTUR (Cámara Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Industria Turística), CFC (un nombre genérico para un grupo de compuestos que contengan Cloro, Flúor y Carbono), CNTRS (Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible), EN (Ejército de Nicaragua), 24 Reglamento de la Ley 835, Ley de Turismo Rural Sostenible de la República de Nicaragua. Decreto No. 38‑2014, aprobado el 17 de julio del 2014. Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 142, del 30 de julio del 2014.

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