Derecho del Turismo en las Américas

1146 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Sistema nacional de calidad del turismo rural sostenible El capítulo cuatro abarca los Artículos 11 y 12. “La marca de turismo rural sostenible” 27 es un signo que cada empresa posee como un sello de calidad, otor‑ gado por el INTUR, una vez que cumple con los requisitos de calidad establecidos como la sostenibilidad económica, la cual es establecida a través de la demostra‑ ción que la empresa posee registros contables de ingresos y egresos, de acuerdo al modelo de turismo rural sostenible contemplado en el Artículo 8 de la Ley No. 835, Ley de turismo rural sostenible. Sostenibilidad productiva es la que se refiere al aprovechamiento al social, es la que demuestra que la actividad genera un desarrollo para los habitantes de una comunidad, y resalta su cultura y pro‑ mueve la conservación de la misma, la sostenibilidad ambiental está dirigida a lo establecido en el sistema de gestión ambiental que está enfocado en la conserva‑ ción del ambiente. Promoción y comercialización del turismo rural sostenible La dirección de promoción y mercadeo del INTUR promueve a nivel nacional e internacional la oferta de servicios turísticos y elaborara materiales para ello a través de brochures , afiches y páginas web. Así mismo incluirá una feria nacional de turismo rural sostenible en el programa anual de ferias, ade‑ más se efectuara la celebración anual del día nacional de turismo rural sostenible, el cual se realizará el veinte de febrero de cada año. De igual forma, las iniciativas de turismo rural sostenible deberán ser tomadas en cuenta por la dirección de promoción y mercadeo en las ferias internacionales de turismo y demás actividades en que participe Nicaragua con relación al turismo rural sostenible. Infracciones y sanciones El capítulo seis va del Artículo 20 al 22, las acciones u omisiones 28 , que violenten o contravengan las disposiciones de la Ley general de turismo rural sostenible y su reglamento, tendrán una sanción administrativa sin perjuicio de las acciones civiles o penales que incurran, serán sujetas de la aplicación todas las personas naturales o jurídicas que se dedican legal o legalmente a esta actividad turista rural sostenible y que tengan una vinculación directa o indi‑ recta con el ejercicio de cualquier modalidad del turismo rural sostenible. 27 Reglamento de la Ley General de Turismo, Decreto No. 129‑2004, Artt. 11‑12, aprobado el 19 de noviembre de 2004, publicado en La Gaceta No. 227, del 22 de noviembre de 2004. 28 Reglamento de la Ley General de Turismo, Decreto No. 129‑2004.

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