Derecho del Turismo en las Américas
1162 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS • Planificar, diseñar y desarrollar la política nacional de turismo, así como supervisar y coordinar la ejecución de la gestión turística nacional, con base en los lineamientos y principios establecidos por el Órgano Ejecutivo para los planes maestros de turismo que se adopten; • Elaborar, adoptar e implementar los planes maestros de turismo, super‑ visando, evaluando y procurando el avance y los resultados de su ejecución; • Proponer e implementar estrategias que promuevan e incrementen las acti‑ vidades turísticas a nivel nacional e internacional; • Realizar y mantener actualizado un inventario de los recursos turísticos de la nación e identificar y evaluar la oferta turística real y potencial; • Formular e implementar las estrategias de mercadeo y divulgación de las actividades turísticas a nivel nacional e internacional ( Gaceta Oficial N.º 25989, 29 de febrero de 2008); • Fomentar y definir, en coordinación con las entidades del sector educativo correspondiente, la calidad y cantidad del recurso humano necesario para atender la demanda del mercado turístico y garantizar el éxito de la activi‑ dad, de conformidad con los planes maestros de turismo; • Promover, con el apoyo de las instituciones correspondientes, la instalación de facilidades turísticas, tales como centros de información y de observa‑ ción, la confección de mapas turísticos y señalizaciones, para el uso de los turistas; • Imponer las sanciones establecidas en la Ley y sus Reglamentos; • Recomendar al Órgano Ejecutivo las negociaciones de acuerdos bilaterales o convenios multilaterales con otros Estados u organismos que guarden relación con las actividades turísticas; • Coordinar con la empresa privada o las instituciones estatales pertinentes la ejecución de las políticas y estrategias de turismo, de conformidad con los planes maestros de turismo; • Administrar sus bienes patrimoniales, recaudar las tasas y otras contribu‑ ciones que la Ley le asigne; • Ejercer el cobro coactivo de los derechos, tasas y demás contribuciones, así como cualquier otro ingreso que se establezca; • Elaborar los criterios, normas y procedimientos que faciliten el registro, clasificación, regulación y supervisión de las actividades turísticas; • Elaborar y presentar al Ministerio de Economía y Finanzas su anteproyecto de Presupuesto anual de Ingresos y Gastos;
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