Derecho del Turismo en las Américas
Las Leyes del Turismo en Paraguay 1223 XVI. EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO El Registro Nacional de Turismo, dependiente de la Dirección de Formalización del Sector Turístico, tiene por objeto inscribir, registrar y habilitar a los prestado‑ res de servicios turísticos, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IX del Decreto N.º 8.911/18 66 . Los prestadores de servicios turísticos solo estarán autorizados a operar cuando la SENATUR haya dictado la Resolución por la cual dispone la inscripción y habilitación 67 . Los costos y tarifas que generen los servicios de inscripción y certificación se establecerán v actualizarán por Resolución de la SENATUR, en su carácter de organismo regulador 68 . La SENATUR reglamentará la forma y los requisitos para acceder al registro y la consecuente habilitación para operar en la oferta turística nacional 69 . XVII. REGLAMENTACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN Por Resolución N° 332/10, la Secretaría Nacional de Turismo reglamentó la inscripción en el Registro Nacional de Turismo y el funcionamiento de todas las agencias prestadoras de servicios turísticos, resolución que fue parcialmente modificada por la Resolución N.º 1.050/16. La Resolución fue dictada basándose en lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley N.º 2828/05 y, en concordancia con los Artículos 4°, 31°, 32° y demás, se esta‑ blecieron las obligaciones de los Prestadores de Servicios Turísticos. La Resolución tuvo presente, además, el Art. 12, sobre la obligación de ins‑ cripción en el Registro Nacional de Turismo, así mismo lo dispuesto en el Art. 37, que faculta incorporar nuevos prestadores de servicios 70 , y en la Resolución N.º 368/09 71 , que otorga la potestad de dictar resoluciones con 66 Art. 40 del Decreto N.º 8.911/18. 67 Art. 41 del Decreto N.º 8.911/18. 68 Art. 42 del Decreto N.º 8.911/18. 69 Art. 43 del Decreto N.º 8.911/18. 70 La Resolución N.° 368/09 “Por la cual se aprueba la nueva Estructura Orgánica y Funcional de la SENATUR”, otorga la potestad de dictar resoluciones con fuerza ejecutiva.; y establece que la Dirección de Registro y Calidad Turística será la encargada de recibir todas las documentaciones pertinentes para el Registro y Certificación de Habilitación de los Prestadores de Servicios Turísticos. 71 Resolución N.º 368/09 “Por la cual se aprueba la nueva Estructura Orgánica y Funcional de la SENATUR”.
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