Derecho del Turismo en las Américas
Las Leyes del Turismo en Paraguay 1227 XX. HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS (TRANSPORTE TURÍSTICO TERRESTRE) Según la Resolución N.º 332/10 B, Documentos exigidos para la Inscripción en el Registro Nacional de Turismo y posterior Certificado de Habilitación de Prestadores de Servicios Turísticos (Transporte Turístico Terrestre) de la cate‑ goría T. Con la presentación de los documentos solicitados del uno (1) al dieciséis (16) se procederá a emitir la Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Turismo la cual deberá ser presentada en la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN) 73 . Con esa constancia, la DINATRAN realizará su proceso de verificación y otorgará el Certificado de Habilitación, el mismo deberá de ser presentado en la Dirección de Registro y Calidad Turística, a los efectos de obtener el Certificado de Prestador de Servicio Turístico, en el rubro de Transporte Turístico Terrestre. Requisitos para emitir constancia: – Nota dirigida a la Autoridad máxima, solicitando la inscripción de trans‑ porte terrestre de turismo (Nacional / Internacional); – Declaración Jurada del Tipo de prestación turística que ofertará, realizada ante Escribano Público; – Escritura de constitución de sociedad, acta de última asamblea (Persona Jurídica); – Constancia de Inscripción y copia autenticada de Cédula del Registro Único de Contribuyente (RUC); – Constancia de cumplimiento tributario expedida por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET); – Matricula del Comerciante (Personas Físicas); – Lista de Directores, Socios, Gerentes y/o Responsable (nombre y apellido, nacionalidad, domicilio y cargo). Adjuntar fotocopia autenticada de cédula de Identidad. Para el caso de extranjeros, presentar la documentación de radicación definitiva de la Dirección de Migraciones, conforme a la ley respectiva; – Patente comercial al día; 73 Dirección Nacional de Transporte DINATRAN fue creada por Ley N.º 1590/00 “Que regula el regula el Sistema Nacional de Transporte y crea la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN) y la Secretaría Metropolitana de Transporte (SMT)”.
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