Derecho del Turismo en las Américas
Elementos Básicos del Derecho del Turismo en las Américas 125 como factor de reequilibrio territorial y cohesión social, como instrumento vertebra‑ dor del territorio ”. 3. RECIENTES TENDENCIAS Y PRONUNCIAMIENTOS LEGISLATIVOS Tal y como resalta en España el Preámbulo de la reciente Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, en un momento como el actual, se están produciendo nuevas situaciones en torno a la actividad turística que requieren construir un marco normativo inno‑ vador que garantice la sostenibilidad, calidad y competitividad del modelo turístico, superando el estricto concepto de sector turístico y fortaleciendo, con ello, la denominada economía turística, entendida como las repercusiones de esta actividad sobre el conjunto de transversalidades tanto de orden social como cultural, institucional, territorial y medioambiental. Una normativa en la cual cuestiones como la inteligencia en los sistemas de conocimiento y gestión, la hospitalidad, el código ético del turismo, las consecuencias del cambio climático, los nuevos modelos empresariales, la valorización del territorio y del paisaje, la relevancia de la cultura, las señas de identidad y tradición local, la cooperación y participación de los agentes locales en un nuevo modelo de gobernanza o el uso de las tecnologías de la información y de las redes sociales cuenten con un singu‑ lar protagonismo fomentando un producto diversificado y diferencial. El legislador está asumiendo la necesidad de generar las condiciones que pro‑ picien la evolución de la actividad turística hacia un nuevo modelo que permita facilitar la integración de las personas visitantes con la población, la cultura y el medio ambiente locales. Motivo por el que se plantea construir un régimen jurí‑ dico que permita contemplar nuevos fenómenos como la economía colaborativa, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, las redes sociales o la “gestión inteligente” de los destinos; abordar cuestiones complejas como la gobernanza y las competencias en la gestión, el papel de las marcas, partiendo de la realidad de que todo el territorio de la comunidad conforma un destino turís‑ tico; ampliar el objeto de la norma jurídica, ir más allá de la concepción tradicional de actividad turística haciendo un texto inclusivo que considere tam‑ bién las necesidades sociales asociadas al turismo como el ocio y que introduzca el concepto hospitalidad como condición necesaria que establezca el marco de relación de las personas visitantes con la población local; dar protagonismo a
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