Derecho del Turismo en las Américas
1276 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Título II – Organismo Rector Artículo 4º – Competencia del Organismo Rector Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobar y actuali‑ zar el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), así como coordinar y orientar a los gobiernos regionales y locales en materia de turismo, fomentando el desarrollo del turismo social y la implantación de estrategias para la facilitación turística, inversión y promoción del turismo interno y receptivo, entre otras. Comentario: A las competencias propias del MINCETUR, señalas en el Art. 4 º de la Ley 27790, se agregan las referidas al PENTUR, documento que podemos encontrarlo en www.mincetur.gob.pe; asimismo la coordinación con los gobiernos regionales y municipales; el fomento del turismo social y la facilitación turística. La definición de “facilitación turística” no la encontramos en el Glosario de la presente ley, pero podemos entenderla como la acción o medida destinada a facilitar, agilizar y viabilizar todo trámite relacionado con la actividad turística, según lo establecía la anterior Ley Nº 26961. Artículo 5º – Funciones del Organismo Rector El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, adicionalmente a las funciones que le competen, de acuerdo a su Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cumple en materia de turismo las siguientes: 5.1. Aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional deTurismo (PENTUR) como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo en el ámbito nacional. 5.2. Desarrollar el producto turístico nacional a través del órgano regional competente, particularizando en cada caso las necesidades que deman‑ den los destinos turísticos del país. 5.3. Coordinar, orientar y asesorar a los gobiernos regionales y locales en el desarrollo de las funciones asignadas en materia de turismo, según corresponda. 5.4. Expedir los lineamientos para la elaboración y actualización del Inventario Nacional de Recursos Turísticos, así como organizarlo y mantenerlo actualizado. 5.5. Diseñar y ejecutar planes, proyectos y programas destinados a la promo‑ ción del turismo social, en cuanto a lo que no fuera de competencia de los gobiernos regionales o locales.
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