Derecho del Turismo en las Américas

1280 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Artículo 9º – Designación de los miembros del CCT Los miembros del CCT se designan por Resolución Ministerial, refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de las entidades y gremios que lo integran. Comentario: La responsabilidad de los nombramientos recae en los gremios y ello es bastante democrático. Artículo 10º – Comité Consultivo Regional de Turismo Los gobiernos regionales crean un Comité Consultivo Regional de Turismo con el fin de formular recomendaciones sobre lineamientos de políticas relacio‑ nadas con la actividad turística regional; establecer canales de comunicación entre el sector público y privado para lograr una visión conjunta sobre la activi‑ dad turística regional; emitir opinión sobre los planes, programas, proyectos e inversiones regionales; proponer acciones de facilitación turística, protección y defensa del turista; y otras consultas afines que se sometan a su consideración. Comentario: El funcionamiento de los CCT Regionales ayudaría, por sus objetivos y razón de ser, a una mejor coordinación entre los sectores públicos y privados, recomen‑ dando que a éstos se incorporen las personas naturales calificadas de la región, la academia y a los municipios cuyos territorios contengan un patrimonio cultural y/o natural con vocación turística conforme lo permite el último párrafo del Art . 8 de la presente Ley. Dada la realidad de cada región, la estructura de cada de uno de ellos debe obedecer a dicha realidad y no necesariamente seguir el esquema del art. 8 de la presente Ley. Título IV – Planeamiento de la Actividad Turística Artículo 11º – Plan Estratégico Nacional de Turismo El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional. Comentario: El objetivo general del PENTUR es alcanzar un turismo sostenible como herramienta de desarrollo económico, social y ambiental del Perú; mientras que sus objetivos estratégicos son cuatro: promover la cultura turística y la seguridad para el visitante; desarrollar una oferta turística competitiva y sostenible; promover una demanda sostenida del turismo; y fortalecer las capacidades de las instituciones vin‑ culadas con la actividad turística.

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