Derecho del Turismo en las Américas
1308 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS promoción de las áreas protegidas, que el disfrute de edificaciones con vista al mar sea valorizado como se debe, y hay más espacios para la diversificación de la oferta de alojamiento. Tanto espacio como gustos hay entre los turistas y visitan‑ tes, y tanto espacio como el país decida. Reinventarse. El país ha elegido seguir el camino de la renovación de su oferta. El que no logra innovar, comienza a perecer . La República Dominicana no perece, se adapta a los cambios de un sector tan dinámico que hizo que el país, en menos de cuatro décadas, pasara de la nada al todo en materia de turismo, gracias a varios visionarios que entendieron, en su momento, que este sector debía inven‑ tarse (desde cero). Fue con esa adrenalina que otorgan las ideas originales, lo nuevo, que el país llego a ser lo que es hoy en materia turística . Pero la creatividad en la promoción de ofertas turísticas interesantes no es suficiente para lograr el éxito turístico de un país. Se requiere un especial acom‑ pañamiento del marco legal e institucional, que promueva inversiones y reglas claras, seguridad jurídica, seguridad ciudadana, estabilidad económica y paz social. Todos estos factores contribuyeron a que el país se consolidara como uno de los mejores destinos turísticos del mundo. 3. MARCO LEGAL Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN La actividad turística se inicia, formalmente, en nuestro país, en 1931, cuando se promulga la Ley No. 103 de automóviles para Turistas; sin embargo, es con la promulgación de la Ley No. 4378, del 30 de noviembre de 1934, de Secretarías de Estado, que se implementa un sistema de dirección y organización de las actividades turísticas. Esta labor fue asignada a la Secretaría de Estado de Comunicaciones y Obras Públicas. Luego estas atribuciones fueron traspasadas a la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo, mediante la Ley No. 1281, de 1937. En 1946, se promulga la Ley No. 1224, mediante la cual se autoriza la venta de Tarjetas de Turismo, como una forma de promover el turismo en el país. Mediante la Ley No. 1919, de 1948, se colocó la Dirección General de Turismo, bajo la dependencia de la Secretaria de Estado de Economía Nacional. En febrero de 1956, mediante el Decreto No. 1489, de las funciones a cargo de las Secretarias de Estado, las funciones relativas al turismo pasan a la Secretaría de Estado de Interior. Posteriormente, en ese mismo año, dichas funciones fueron transferidas a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, mediante el Decreto No. 2306.
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