Derecho del Turismo en las Américas
1396 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS facilitando la información cartográfica de interés general; orientación e infor‑ mación general sobre precios y calidad de bienes y servicios turísticos; y asesoramiento sobre sus derechos (Art. 15.9). Realmente, el turista o viajero interesado en obtener información general sobre sitios, puntos, atractivos y servicios turísticos obtendrá mayores y mejores beneficios si consulta alguna guía particular 34 . El MINTUR también será responsable de procesar e investigar las quejas que los proveedores de servicios turísticos reciban en su Libro Oficial de Sugerencias y Reclamos. Estos tienen la obligación de mantener el libro en un lugar visible y disponible para turistas y visitantes (Art. 45 Ley Orgánica de Turismo), y enviarlo al MINTUR, quien deberá darles una respuesta oportuna. Desafortunadamente, en la práctica, solo se procesan las quejas hechas en los hoteles de VENETUR, pero no hay información disponible sobre el manejo que se da a esas quejas ni sobre el número de ellas. Adicionalmente, el Estado, a través de MINTUR, tiene el deber de impulsar la creación de Oficinas del Servicio de Atención al Turista Internacional (SATI), en coordinación con las autoridades competentes en materia de seguridad ciuda‑ dana y las autoridades estatales y municipales de las localidades que reciben gran cantidad de turistas. Las SATIs serán responsables de ofrecer, a los turistas inter‑ nacionales, una asistencia personalizada, tras ser víctimas de cualquier infracción penal, a través de un equipo de expertos policiales e informadores intérpretes en su propio idioma o en una lengua internacional, asesorándoles en las gestiones procedimentales y documentales, derivadas del hecho acaecido, tales como, la cancelación de tarjetas y documentos de crédito, el contacto con embajadas y consulados, la comunicación o la localización de familiares, entre otros; y asistir‑ los en la tramitación de la denuncia del delito o falta, informándole de sus derechos (Art. 49). Desafortunadamente, según la información obtenida en el MINTUR, estas oficinas aún no se han creado. Además, los centros de información turística no están equipados con información sobre recursos y procedimientos legales. El idioma también puede convertirse en un problema. El sitio web de MINTUR, por ejemplo, que tiene escasa información para el turista, no está disponible en inglés ni en otro idioma extranjero. Otro problema importante es la duración de los procesos. Incluso el procedimiento breve, que, en la práctica, puede llevar dos o más años, no es una alternativa efectiva para el turista. 34 Como, por ejemplo, “La Guía de Valentina Quintero”, Caracas, Editorial Arte.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy