Derecho del Turismo en las Américas

194 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS y Organizaciones Sociales, mediante los cuales se otorguen facilidades para el acceso al descanso, recreación, ocio, tiempo libre y turismo dirigidas a jóvenes, adultos mayores, asalariados formales e informales con poca a nula capacidad de acceso a recreación y turismo, personas con necesidades especiales, entre otros. VI.6. Ecuador El Ministerio de Turismo del Ecuador, y mediante convenio interinstitucional con el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (CONADIS) y la Federación Nacional de Ecuatorianos con Discapacidad Física (FENEDIF), promueve la accesibilidad universal para el sector turístico del país, ejecutando acciones que ayudan a la integración social de las personas con discapacidad. Dicha acción alineada a la labor que realiza la OMT y de sus estados miembros para que todos los destinos sean accesibles. En 2009, el CONADIS, en coordinación con la Vicepresidencia de la República del Ecuador, gestionó el proyecto Apoyo a la gestión de los gobiernos locales en el ámbito de discapacidades I y II , que tenía como objetivo que los gobiernos locales, consejos provinciales y parroquiales lograsen participar en proyectos de eliminación de barreras en la infraestructura urbana. Ese mismo año, la Constitución de la República del Ecuador incluyó artículos (47, 330 y 333) en beneficio y dirigido a las personas con discapacidad, garantizando la inclusión, inserción y accesibilidad en igualdad de condiciones en el ámbito educativo, laboral y familiar 58 . Así mismo se crearon las Normas Técnicas Ecuatorianas para la Accesibilidad de las Personas con Discapacidad y Movilidad reducida al Medio Físico 59 . Conside‑ rando todas estas reformas, se comenzó a dar más importancia a la inclusión y accesibilidad de tal forma que transformó el turismo al implementar estas nor‑ mas y dando acceso al público en general sin tomar en cuenta su condición física. En el ámbito del turismo, hay que traer a colación La Ley de Turismo Nº 97, de 2002 (última modificación en 2014), y el Reglamento General de Actividades Turísticas, aprobado por Decreto Ejecutivo Nº 3400 Registro Oficial 726, de 17 de diciembre de 2002 (última modificación en 2011), que dedica el Título VI al turismo social, entendido como todo viaje o desplazamiento mediante planes o programas aprobados que realicen personas o grupos de personas, domiciliadas 58 López Brunett, A. L. & Luna Vergara, H. Z. (2017). Turismo accesible en El Ecuador . INNOVA Research Journal 2017, Vol. 2, nº 7, pp. 196-198. 59 NTE INEN 2 239:2000.

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