Derecho del Turismo en las Américas

238 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS fortaleza a la ley como respuesta normativa para la implementación y gestión de la política turística. La Ley en examen cuenta, además, con normas sobre: incentivos de fomento turístico; el programa nacional de inversiones turísticas; turismo social; y un título referido a la protección del turista. La reciente sanción por el Congreso Nacional de la Ley 27.324, que establece el Régimen de Promoción de Pueblos Rurales Turísticos (15/12/2016), es otro ejemplo de política turística nacional. El objeto de la norma es promover el desarrollo sustentable de las actividades turísticas de los pueblos rurales, que se definen como “...las comunidades del ambiente agrario o sus inmediaciones, que constituyan un espacio no residual, que incluya los ámbitos rural disperso y pueblo aglomerado... en tanto espacio social, diferenciado, construido como lugar de vida y de trabajo”. El Art. 3.º de la Ley deja a las provincias la selección de los pueblos de su jurisdicción que deberán cumplir con las condiciones que el mismo artículo establece y los presentarán una vez al año. La Autoridad de Aplicación, que es el Ministerio de Turismo, tendrá a su cargo la gestión de diversos beneficios a favor de estos pueblos, incluyéndose: la necesidad de inversión pública; el apoyo a la obtención de financiamiento; el asesoramiento en materia de promoción y desarrollo; la impresión de elementos para la publicidad nacional e internacional; la participación en programas de promoción y capacitación; y la implementación de medidas de protección de recursos existentes y ordenamiento territorial. La mayoría de las provincias han dictado normas de política turística, de aplicación en sus jurisdicciones territoriales, aprobadas generalmente por Ley formal, aun cuando en algunos casos aparecen decretos e incluso resoluciones. Entre los temas comunes se mencionan: – Reconocimiento del interés prioritario de la actividad turística. – Objetivos de promoción, preservación de los recursos, calidad de la activi‑ dad y formas de participación. – Designación de la Autoridad de Aplicación. – Definición de áreas, regiones y circuitos turísticos. – Creación de Organismos de Turismo. – Creación de Consejo Asesores. – Creación de Fondos de Promoción.

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