Derecho del Turismo en las Américas

Informe de la Legislación Turística Argentina 1 Diego Benítez 2 Santiago Aramburu 3 1. Consideraciones preliminares; 2. Los institutos de la Ley Nacional de Turismo (25997); 2.1. El Fondo Nacional de Turismo. 2.2. El Consejo Federal de Turismo: la federalización de la política turística; 2.3. El Instituto Nacional de Promoción Turística. 3. El control de la relación de consumo turística; 4. La legislación turística en particular; 4.1. Las agencias de viajes; 4.1.1. La flexibilización del principio de exclusividad; 4.2. Los alojamientos turísticos; 4.3. El turismo aventura, activo, alternativo; 5. Consideraciones finales. 1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES Con la sanción de la Ley Nacional de Turismo N.º 25997 (BO 7/1/05), que vino a reemplazar a la Ley N.º 14574 de 1958, las expectativas por el avance en mate‑ ria de legislación turística comenzaron a ser importantes en la Argentina. La convivencia de normas turísticas nacionales y provinciales comenzaron a compa‑ tibilizarse a partir de la madurez de la legislación del sector, que, a pesar de intentar mejorar la prestación frente al consumidor turístico, de la responsabili‑ dad social y ambiental, muchas veces en vano, se dirigen solo a fortalecer la registración y la fiscalización de las administraciones turísticas. En ese diagnóstico nos encontramos con leyes que nunca han sido imple‑ mentadas, como el del Registro Hotelero Nacional (Decreto‑Ley N.º 18828), que ha profundizado la crisis regulatoria del sector, excluyendo ofertas de aloja‑ 1 El presente trabajo tiene por objeto introducir en la discusión genérica de la legislación turística, para después poder avanzar sobre la aplicable a cada modalidad especifica del turismo. 2 Profesor titular regular Sede Andina UNRN dbenitez@unrn.edu.ar. Posgrado UNRN‑UNSa‑Sao Paulo. Presidente Aadetur. 3 Docente Universitario (UADE, USAL y UBA) aramburusantiago@hotmail.com. Coordinador del Suplemento de Derecho del Turismo en Editorial ElDial (www.eldial.com ).

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