Derecho del Turismo en las Américas
268 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Derechos y Obligaciones : – Facultad para suspender la actividad debido a factores climáticos. – Concientizar el visitante sobra la obligación de arrojar basura que produzca durante el desarrollo de la actividad en lugar o elemento destinado para tal fin. Seguros : Como la provincia de Córdoba, Neuquén divide por riesgos las actividades: riesgo moderado, deberán presentar únicamente seguro de responsabilidad civil; riesgo alto, responsabilidad civil y seguro de vida del turista y quienes lo acompañan. Competencias básicas : – Poseer conocimientos de patologías de la actividad, lesiones por frío conge‑ lamiento, lesiones oculares. – Conocimientos y habilidades para socorres a personas lesionadas en situa‑ ción de riesgo, realizar rescate y traslado. – Conocimientos sobre animales venenosos y ponzoñosos. – Prevención y tratamiento de accidentes ofídicos, arácnidos y de insectos. – Nociones básicas, de supervivencia, equipos y técnicas de seguridad, lectura y comprensión de mapas, usos de brújulas y GPS. – Capacidad para resolver problemas de campo entre otras. 9. Río Negro: La Ley N.º 3883, turismo activo clasifica en dos modalidades: turismo aven‑ tura y ecoturismo. 9.1. Turismo aventura • Montañismo (escalada, rappel , tirolesa) • Travesías en 4 x4/ overlanding • Rafting / floating • Canotaje • Buceo/submarinismo • Moutain Bike/cicloturismo • Esquí de travesía o nórdico • Bungee‑jumping • Actividades aeronáuticas (paracaidismo, parasaliling , aladelta, parapente, globos)
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy