Derecho del Turismo en las Américas
Informe de la Legislación Turística Argentina 273 Requisitos : – Inscribirse en el registro Provincial de operadores de Turismo aventura. – Se deberá consignar punto de inicio y finalización, duración, etapas que la conforman, circuitos e itinerarios, equipamiento necesario proponiendo el nivel de riesgo. – Plan de manejo. – Detalle de equipamiento, vehículos o medios necesarios para la actividad. – Título de propiedad a nombre del operador de los bienes, de la infraestruc‑ tura y del equipamiento. – Autorización y habilitación en materia de transporte terrestre, aéreo y de la navegación cuando corresponda. – Canales de comercialización a utilizar. – Modelo de contrato de turismo aventura. – Copia de póliza de seguro vigente. La habilitación tendrá validez por 2 años y las actividades deberán contar con personal debidamente habilitado por la autoridad de aplicación que, según el riesgo, podrán ser conducidas por guías de turismo, guías de turismo especializa‑ dos, instructores o expertos e idóneos o baquianos. Obligaciones : – Informar respecto de los eventuales riesgos para la integridad psicofísica. – Consentimiento taxativo del participante, aceptando su responsabilidad y conocimiento previo de los riesgos que acarrea. – Declaración jurada del participante respecto de su estado de salud, con indicación expresa de antecedentes médicos que puedan incrementar los riesgos a su integridad. – Contar con póliza de seguros. – Preservar y conservar el medio ambiente natural, así como el patrimonio arqueológico, histórico o cultural. – Exhibir un libro de actas foliado para el registro de quejas. – Elaborar y presentar un plan de manejo. – Planes de contingencia ante situaciones de emergencia, accidente e imprevistos. – Disponibilidad de equipos de comunicación. – Nivel de capacitación necesario de primeros auxilios, de acuerdo con la actividad y el nivel de riesgo. Promoción : La autoridad brindará asistencia en:
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