Derecho del Turismo en las Américas
Alojamiento turístico: Regulación jurídica 323 Provincia Categorización por clase de alojamiento Santa Cruz Hotel, Hostería, Motel, Cabaña, Apart‑Hotel: Una a Cinco Estrellas. Residencial Turístico u Hospedaje y Casas y Departamentos de Alquiler Temporario: “A” y “B” Albergues Turísticos: Superior y Estándar Santa Fe Hotel: Uno a Cuatro Soles Hostería y Motel: Categoría Única Santiago del Estero Hotel: Una a Cinco Estrellas. Motel, Hostería y Cabaña: Una a Tres Estrellas Residencial: “A” y “B” Pensión, Apart-Hotel y Hospedajes complementarios: Categoría única Tierra del Fuego Hotel: Una a Cinco Estrellas. Motel, Hostería, Cabaña y Apart‑Hotel: Una a Tres Estrellas Hospedaje, Cama y Desayuno, Albergue Turístico y Camping : Categoría única Área de acampe Casas de Alquiler Temporario (CAT) o Departamentos de Alquiler Temporario (DAT): Clase Única. Campamento público y privado Tucumán Hotel: Una a Cinco Estrellas. Motel y Hostería: Una a Tres Estrellas Residencial: “A” y “B” Cabaña, Conjunto de casas y/o Departamentos, Hostel/Hostal, Boutique- Hotel, Apart‑Hotel, Posada y Estancia rural. Alquiler Turístico Temporario Hospedaje Turístico Comunitario (HTC) Alojamiento Turístico Comunitario (ATC) Fuente: Elaboración propia Cabe señalar que algunas provincias incorporan, como un criterio comple‑ mentario y de adopción con carácter voluntario por los establecimientos, además del sistema de categorización, las Especializaciones y Modalidades, atendiendo a las características constructivas, instalaciones, equipamiento y servicios presta‑ dos, como así también al tipo de demanda. Entre éstas se distinguen: Congresos y Convenciones, Deportes y Recreación, Ecológico, Rural o de Campo, Spa, Termal, Casino, Resort, Motel, Refugio de Montaña, Lodge de pesca y/o caza y Enoturístico. Si bien se advierte una incipiente tendencia en este sentido, aún son pocas las provincias que han adoptado este criterio, que por sus ventajas se entiende puede ser el prevaleciente en futuras reformas a la normativa de alojamiento turístico. A continuación pueden encontrarse las especializaciones y modalidades que contempla la normativa.
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