Derecho del Turismo en las Américas
340 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS PFETS (Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2016 / 2020 y 2025). El mismo fue iniciado en agosto del 2004, basándose tanto en el PET (Plan Estratégico Territorial 2016), como en las recomendaciones de la ONU para el milenio. En un modelo de participación pública/privada/académica, desarro‑ llado en las seis regiones del país. A partir de aquí los ejes rectores de nuestra política turística serían: el desarrollo económico con inclusión social y la conser‑ vación del Patrimonio 7 . La evaluación del plan se sustentaba a su vez en tres tipos de indicadores: 1) De sustentabilidad ambiental, 2) culturales y 3) económicos. Estos últimos definidos, a su vez, por el PBI turístico, las llegadas y los gastos de turistas, los pernoctes en todo tipo de alojamientos y los empleos generados por la industria turística. La reglamentación 8 de la Ley nacional de turismo prevé la actualización del plan cada tres años, lo que significa una convocatoria permanente a los actores del sector para validar y reorientar un plan construido desde las bases mismas de la actividad. En este esquema federal de trabajo se ha replanteado el mapa del país en regiones, integrando una variedad de oportunidades, estableciendo tiempos y definiendo las distintas situaciones geográficas en “corredores” actuales y poten‑ ciales, “áreas de uso turístico”, “circuitos”, “circuitos transfronterizos”, “travesías” y “puertas” 9 . El gobierno del presidente Mauricio Macri planteo tres ejes estratégicos para su gobierno. En los dos primeros se ancló la política turística: A) Pobreza Cero; B) Unión de los Argentinos; y C) Lucha contra el narcotráfico. El entonces Ministerio de Turismo, junto a los representantes de todo el sector, inició su gestión con un Plan Operativo al 2019 10 basado en cinco lineamientos: 1) Posicionar a la Argentina como principal destino turístico de la región: a. impulsando la marca Argentina ; b. aumentando la cantidad de arribos internacionales de 5.73, en 2015, a 6.93 millones de turistas, en 2019; y c. aumentando el gasto promedio de 4190 US$ a 5439 US$; 7 La Ley 25.997 en su Art. 7 inc. a) impone entre los deberes de la autoridad de aplicación el de elaborar un plan federal estratégico. 8 Decreto 1297 del 2006. 9 https://www.mininterior.gov.ar/planificacion/pdf/Plan‑ Federal‑Estrategico‑Turismo‑Sustentable‑2025.pdf. 10 http://www.turismo.gov.ar/sites/default/files/plan_integral_de_gestion_2016 ‑19‑vf.pdf.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy