Derecho del Turismo en las Américas

386 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS su ingeniero consultor. Y les advertía que era su intención finalizar la reunión con el tema definitivamente arreglado. En el inicio del último párrafo, les dijo que llevaran ingenieros, técnicos y pilotos. A punto y seguido cerró el párrafo y la carta con una sentencia: “Lawyers cannot contribute anything. This is not a legal matter . Very truly yours”. 1. AEROPUERTO Y TURISMO El transporte aéreo es una actividad integrada a muchas otras actividades y cuya mancomunidad, coordinación e interconectividad permiten que la aviación civil tenga esa tremenda y única capacidad de impulsar el crecimiento y desarrollo de las personas y Estados que conforman la sociedad civil internacional. El Turismo y el servicio aeroportuario son ejemplos de esas otras actividades. En esa integración, el sistema jurídico emerge como un componente complejo, plagado de variados institutos jurídicos y relaciones jurídicas. Así, una persona que adquiere un servicio turístico de viaje por el modo aéreo adquiere una caracterización jurídica cuádruple: consumidor, turista, pasajero aéreo y usuario aeroportuario. Enfocaremos este trabajo en el derecho aeroportuario, a fin de expresar nues‑ tra mirada en las bases que dan sustento a la relación jurídica aeroportuaria que tiene por objeto el servicio aeroportuario. La relación jurídica de servicio aeroportuario es jurídicamente distinta en cada aeropuerto que el turista utiliza en los distintos momentos de viaje, sea de salida, tránsito o arribo. En cada aeropuerto rigen normas que establecen deberes y responsabilidades, y que asignan derechos a cada una de las partes de esta rela‑ ción jurídica aeroportuaria. Hay un hecho clave en el análisis que proponemos: las relaciones jurídicas que el turista ha celebrado con la agencia de viaje, con el transportista aéreo y con el operador aeroportuario se suceden, en parte, en el aeropuerto. De allí que unas y otras pueden impactarse mutuamente y afectar, entre otros aspectos, los derechos del turista, pasajero y usuario que es cada viajero. Pensemos en caso del deber de información del agente de viaje que impone, por ejemplo, la normativa europea. En un trabajo anterior 2 , nos formulamos los siguientes interrogantes: 2 González, Diego R., “Tourism and airports: travelers & consumers right to information” en la obra The New Package Travel Directive, ESHTE | INATEL Lisboa, 2017. Pp. 229‑242.

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