Derecho del Turismo en las Américas
442 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Paz y todo el recorrido de la Cordillera de los Andes, además de turismo de ríos y lagos, llanos orientales en Santa Cruz, el Salar de Uyuni y los Lagos de Colores, en el Departamento de Potosí. El Turismo Cultural, el más difundido, se concentra en la ciudades capitales, comunidades indígena originario campesinas de origen quechua y aimara de influencia de las civilizaciones denominadas precolombinas: incas, tiahuanacotas y culturas asentadas o emergentes del alrededor del lago Titicaca, en los departa‑ mentos de La Paz, Cochabamba, Chuquisaca, Potosí y Tarija (fuente Ministerio de Culturas y Turismo). Por último, existe en Bolivia el Turismo interno, al que le es de especial inte‑ rés el turismo médico, de reuniones, gastronómico y de diversión cuyos mayores receptores son las ciudades capitales de los departamentos del eje troncal: La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. 3. LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL AL TURISMO Al introducirnos en este trabajo, habíamos señalado que Bolivia pasó por una reforma total de su Constitución en el año 2009. La Reforma Constitucional se produjo como resultado de un Referéndum, que dio lugar a la segunda Asamblea Constituyente en la historia del país, ya que la primera fue la de la fundación, en el año 1825. La reforma obedece a una situación histórica particular que requiere de un Estado más incluyente con la población denominada originaria, y que responda también a Tratados y Convenciones Internacionales, entre otros reque‑ rimientos. No es de más decir que, la “constitución bolivariana” (llamada así porque fue entregada, a los constituyentes de 1825, por Simón Bolívar), de corte netamente francés e ideología de la iluminación, tuvo 19 reformas de su texto, pero ninguna tan extensa como la del 2009, ya que los anteriores textos solo permitían su reforma parcial. Esta reforma además obedece al decir del constitu‑ cionalista boliviano Víctor Hoz de Vila: “ a la necesidad de adaptarla a las necesidades de la ciencia y la tecnología para hacer estable y dinámica la sociedad ” (Seminario de reformas Constitucionales Cochabamba, 2001); y a requerimien‑ tos concretos, como la reforma de la justicia y del estado, con una agenda que iba desde la ampliación de la participación del ciudadano, derechos humanos, modernización y derechos y garantías constitucionales. El desarrollo, la protección y la regulación del turismo como actividad econó‑ mica, están directamente vinculados a los derechos económicos fundamentales
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