Derecho del Turismo en las Américas
444 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS revisado en Berlín en 1908, completado en Berna en 1914, revisado en Roma en 1928, en Bruselas en 1948, en Estocolmo en 1967, y en París en 1971); – la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 28 de julio de 1951, por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los Refugiado y del Apátridas (ONU); – el Convenio N° 111, relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, adoptado el 25 de junio de 1958 por la Cogerencia General de la OIT; – la Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General de la ONU, de 14 de diciembre de 1962, titulada “Soberanía Permanente sobre los Recursos Naturales”; – el Convenido N° 122 de la OIT, relativo a la política del empleo, adoptado el 9 de julio de 1964; – la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General de la ONU, en su Resolución 2106 A (XX) de 21 de diciembre de 1965, en vigor desde el 4 de enero de 1969; – el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de la ONU, Resolución 2200 (XXI), de 16 de diciembre de 1966, en vigor desde el 3 de enero de 1976; – el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poquiticos”, adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de la ONU, en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966, en vigor desde el 23 de marzo de 1976; – la “Convención sobre la imprescriptibilidad de Crímenes de Lesa Humanidad”, Resolución de Asamblea General de la ONU 2391 (XXIII), de 26 de noviembre de 1968, en vigor desde el 11 de noviembre de 1970; – la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Pacto de San José de Costa Rica”, noviembre de 1969; – la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ONU, en vigor desde el 3 de septiembre de 1981; – la Convención contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degra‑ dantes, ONU, en vigor desde el 26 de junio de 1987; – el Convenio N° 169 “sobre Pueblo Indígenas y Tribales en países indepen‑ dientes”, adoptado el 27 de junio de 1989 por la Conferencia General de la OIT, en vigor desde el 5 de septiembre de 1991;
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