Derecho del Turismo en las Américas
Marco Legal del Turismo en el Estado Plurinacional de Bolivia 453 dentro del modelo de gestión de base comunitaria, en el contexto del turismo mundial. En relación, consideramos importante mencionar del capítulo de las “Disposiciones Generales”: Artículo 3. (Objetivos del Turismo). El turismo es una actividad económica estra‑ tégica que deberá desarrollarse de manera sustentable, respondiendo a los siguientes objetivos: a) Promover, desarrollar y fomentar el turismo interno, para fortalecer la identi‑ dad plurinacional y las riquezas inter e intraculturales. b) Fomentar, desarrollar, incentivar y fortalecer el turismo receptivo y emisivo a partir de la gestión territorial y la difusión del Destino Bolivia, sus atractivos y sitios turísticos para la generación de ingresos económicos y empleo que con‑ tribuyan al crecimiento de la actividad turística y al Vivir Bien de las bolivianas y bolivianos, fortaleciendo el turismo de base comunitaria. c) Promover, desarrollar y fortalecer los emprendimientos turísticos de las comuni‑ dades rurales, urbanas, naciones y pueblos indígena originario campesinas para el aprovechamiento sustentable, responsable, diverso y plural de patrimonio natural y cultural. d) Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional entre los niveles territoriales del Estado, para la captación y redistribución de ingresos prove‑ nientes de la actividad turística, destinados al desarrollo, fomento, promoción y difusión del turismo. e) Fortalecer la capacidad operativa, financiera y de planificación del Estado Plurinacional de Bolivia, sobre la base de la implementación y actualización constante de un sistema de información y estadísticas del sector turístico. f ) Implementar mecanismos de regulación a la actividad turística. g) Proteger los lugares y símbolos sagrados, conservar los recursos naturales y respe‑ tar la identidad de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afro bolivianas .” ( Gaceta Oficial , octubre 2012). Además, es importante resaltar que, a partir de esta norma, no solo los servi‑ cios turísticos, sino otros servicios afines adquieren la categoría de servicios turísticos regulados, aunque en lo referente a los prestadores de servicios turísti‑ cos, las normas se delegan y contienen en reglamentos específicos. Resumiendo, a grandes rasgos, la Ley contiene: normas para la promoción turística y régimen turístico legal, que se compone por las normativas regulato‑
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