Derecho del Turismo en las Américas

460 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS – Formular e implementar políticas orientadas a garantizar la adecuada pres‑ tación de servicios turísticos y sus contraprestaciones; – Diseñar, promover y fomentar programas y proyectos para el fortaleci‑ miento del sector turístico y para el desarrollo de nuevos emprendimientos, con énfasis en el modelo de gestión de turismo de base comunitaria, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, cuando corresponda; – Proponer, gestionar e implementar incentivos orientados a promover, regular y controlar el turismo interno; – Diseñar, coordinar y proponer normas técnicas que determinen tarifas tope y precios base aplicables a los servicios turísticos públicos, privados, mixtos y comunitarios; – Promover el desarrollo de investigaciones científicas y aplicadas en materia turística, en coordinación con universidades, instituciones de investiga‑ ción, centros de formación y otros; – Establecer estándares generales que permitan unificar criterios de informa‑ ción turística, imagen, promoción y centros de información, en coordinación con las instancias correspondientes del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas; – Proponer políticas de seguridad turística integral; – Establecer el régimen operativo y sancionatorio de los prestadores de servi‑ cios turísticos a nivel nacional; – Promover, promocionar y difundir, a través de cualquier medio nacional o internacional, la Marca País y el “Destino Bolivia”; – Elaborar estrategias y políticas para promover y fomentar los modelos de gestión turística, el turismo de base comunitaria y emprendimiento de iniciativa privada, en coordinación con las entidades territoriales autóno‑ mas, cuando corresponda; – Coordinar con otras instancias del nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas, actividades inherentes al sector turístico; – Promover el mejoramiento de las condiciones de acceso a la cooperación técnica, tecnológica y financiera del sector turismo; – Impulsar, en coordinación con las entidades territoriales autónomas y otras instancias del nivel central, la creación de la infraestructura turística, desti‑ nos y circuitos y promover la facilitación de vías de acceso; – Registrar, categorizar y certificar a los prestadores de servicios turísticos; – Elaborar las políticas generales de turismo y el régimen de turismo; y

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