Derecho del Turismo en las Américas
Marco Legal del Turismo en el Estado Plurinacional de Bolivia 473 7. EL TRATAMIENTO DE LOS RECURSOS TURÍSTICOS Partiendo del conocimiento clásico de lo que es recurso, los recursos turísticos estarían constituidos por todos aquellos elementos con potencial turístico que aún no cuentan con las adecuaciones necesarias para atender visitantes, pero que se presentan como un activo turístico en stock 7 . El tratamiento de los recursos turísticos de Bolivia corresponde a las políticas generales de Turismo, establecidas en el Capítulo III, Artículo 11, de la Ley “Bolivia Te Espera”, implementadas por el nivel central del Estado, en el marco de sus competencias, aunque a las entidades territoriales autónomas se les per‑ mite definir sus políticas sectoriales de acuerdo con sus facultades y competencias, en el marco de las políticas generales, establecidas en esta Ley, y en concordancia con la Ley Nº 031, “Andrés Ibáñez”, pero, en este caso, el nivel central del Estado, definirá las responsabilidades de las entidades territoriales autónomas. Como habíamos expresado al iniciar nuestro trabajo, Bolivia tiene ilimitados recursos turísticos que deberán efectivizarse en el marco del desarrollo armónico y sustentable del turismo, sobre la base de una actividad turística, realizada por las formas de organización económica, comunitaria, estatal, y privada, de manera que tenga sostenibilidad económica a largo plazo y promueva su crecimiento, con base en un manejo racional y responsable en lo ambiental, cultural, social y económico (Ley “Bolivia Te Espera”). El desarrollo de los recursos turísticos se hará en este marco legal, bajo las modalidades de turismo: comunitario, cultural, de naturaleza, ecoturismo, rural, urbano, de aventura, agroturismo, de salud, gastronómico; según, además, a las demandas del sector y conforme a las particularidades socioculturales, naturales, y geográficas del país, en cumplimiento especifico de los mandatos constitucio‑ nales, promoviendo la participación de sus actores en la planificación, organización y gestión de la oferta turística. De acuerdo con esta Ley General, los modelos de gestión del turismo podrán establecer alianzas que posibiliten el desarrollo del sector, en el marco del respeto a sus formas de organización e inversiones., tomando en cuenta los principios de la vida en comunidad y, fundamentalmente, el de complementariedad en la prestación de servicios y redistribución de los beneficios provenientes de la acti‑ vidad turística, además de la estructuración de la oferta turística, bajo un sistema 7 En español: conjunto de mercancías o productos que se tienen almacenados en espera de su venta o comercialización.
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