Derecho del Turismo en las Américas

504 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS b. registrar en el sistema administrado por la Autoridad Competente enTurismo, a los prestadores de servicios turísticos establecidos en el Departamento; c. controlar el funcionamiento de los servicios turísticos, con excepción de aquellos que, mediante normativa municipal expresa, hubieran sido defini‑ dos de atribución municipal, preservando la integridad de la política y estrategias nacionales de turismo; y d. remitir información actualizada a la Autoridad Competente en Turismo, referida a los prestadores de servicios turísticos establecidos en el Departamento, conforme Reglamento. Los Gobiernos Autónomos Municipales tienen la responsabilidad de supervi‑ sar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos que, mediante normativa municipal expresa, hubieran sido definidos de atribución municipal. 4. PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA La actividad turística se desarrollará en el marco de los siguientes principios 3 : a. Inclusión – la política turística promueve la incorporación de todas las formas de organización económica reconocidas en la Constitución Política del Estado, incentivando la formación de alianzas estratégicas equitativas para el desarrollo del turismo; b. Redistribución, Equidad e Igualdad – el desarrollo de la actividad turística, impulsará la distribución y redistribución de beneficios, la igualdad de oportunidades, un trato justo y una relación armónica entre los actores turísticos, respetando las formas de organización económica; c. Responsabilidad – la actividad turística debe caracterizarse por su ejercicio de manera responsable, promoviendo la conservación del medio ambiente, las culturas, sus normas y procedimientos, y el orden social establecido, de manera que se minimicen y mitiguen los impactos negativos de esta actividad; y d. Solidaridad y Complementariedad los actores del turismo actuarán con‑ juntamente con el nivel Central del Estado y las entidades territoriales autónomas, mediante la coordinación, cooperación y complementariedad permanente entre ellos. 3 Ley General del Turismo “Bolivia Te Espera” Nº 292 de 25 de septiembre de 2012.

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