Derecho del Turismo en las Américas
512 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS b. representar a Empresas de Turismo nacionales o extranjeras, en sus diferen‑ tes modalidades y servicios que hacen a la actividad turística en su generalidad; c. ofertar y vender todos sus productos turísticos, bajo convenios y contratos especí‑ ficos independientemente o con las empresas prestadoras de servicios turísticos; d. comercializar la mediación y representación de servicios turísticos a las Agencias de Viajes y Turismo; e. proporcionar información turística y difundir material promocional entre las Empresas Prestadoras de Servicios Turísticos; f. promocionar y comercializar sus productos turísticos específicos en todo el territorio nacional e internacional; y g. establecer relaciones contractuales con empresas prestadoras de servicios turísticos. Tienen las siguientes obligaciones : a. cumplir con todos los requisitos señalados en los Módulos Técnicos del SIRETUR; b. realizar contratos para la comercialización de los productos y servicios turísticos para lo que fue autorizado; c. cumplir con las medidas generales del Sistema de Prevención y Protección Contra Incendios; d. vender, exclusivamente a través de las Agencias de Viajes y Turismo, todos los productos, prohibiéndose expresamente su comercialización directa al público. Estos servicios generados en el país deben ser respaldados por todo el proceso de promoción, pedidos de reservas, confirmaciones, opera‑ ción y facturación de acuerdo a Ley; e. consignar en los avisos y promociones realizadas en los medios masivos de comunicación, la especificación del contacto con las Empresas Prestadoras de Servicios Turísticos autorizadas; f. asistir a las Empresas Prestadoras de Servicios Turísticos, proporcionándoles con eficiencia la información, además de los elementos técnicos correspon‑ dientes a los servicios que prestan; g. registrar la exclusividad de los contratos de representación en la Autoridad Competente en Turismo; h. asumir la responsabilidad por los servicios contratados a nombre de las empre‑ sas turísticas representadas, en el marco de las previsiones de sus contratos;
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