Derecho del Turismo en las Américas

530 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Asimismo, deberán cumplir con las siguientes obligaciones : a. respetar el ordenamiento jurídico del país; b. no cometer actos discriminatorios, ilícitos, ni cualquier comportamiento que pueda resultar lesivo para el Estado y la sociedad boliviana, ni dañar y/o destruir el entorno del lugar o las instalaciones de los prestadores de servicios turísticos; c. conservar el medio ambiente y el patrimonio cultural, cumpliendo con la normativa referente a su protección y preservación; d. respetar las manifestaciones culturales, populares, tradicionales y la forma de vida de la población; e. respetar y preservar los bienes públicos y privados que guarden relación con el turismo y, en caso de daño, efectuar los resarcimientos correspondientes inmediatamente; f. denunciar cualquier acto u omisión que genere o pudiera causar daños o impactos negativos al patrimonio turístico; g. contar con un seguro personal o transitorio cuando la actividad turística involucre riesgo; h. contar con servicios de empresas y/o emprendimientos turísticos especiali‑ zados cuando el turismo involucre actividades de riesgo; y i. solicitar el permiso y/o autorización para la toma de fotografías y filmacio‑ nes, cuando corresponda. 9. SOBERANÍA TURÍSTICA – SUBSISTEMA DE REGISTRO Las empresas prestadoras de servicios turísticos extranjeras, que operan o preten‑ dan operar en territorio nacional, deberán contar con la autorización de la Autoridad Competente en Turismo o, en su defecto, establecer alianzas estraté‑ gicas con empresas bolivianas legalmente establecidas en Bolivia. Deberán registrar su alianza o convenio en el Subsistema de Registro: a. las empresas públicas nacionales prestadoras de servicios turísticos que deseen realizar alianzas estratégicas con empresas nacionales o extranjeras que operan o pretendan operar en el territorio nacional; b. las empresas constituidas en el extranjero que efectúen alianzas estratégicas con empresas privadas nacionales prestadoras de servicios turísticos, debiendo acreditar el objeto, la vigencia y el fin de la alianza; y

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