Derecho del Turismo en las Américas

570 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS networks of Central Authorities in the field of international civil procedure. This report is of the opinion that the Tourism Project is compatible with the mandate of the HCCH… Overall, the Report thus expresses the view that the suggested Hague Convention on Cooperation and Access to Justice for International Tourists is both desirable and feasible, whilst being compatible with the mandate of the HCCH and work conducted in other fora ” 117 . El report de Nino Sievi sugiere el apoyo de plataformas digitales de solución alternativa de disputas, considerando que la Conferencia de la Haya debería trabajar en materia de reconocimiento de decisiones en ADR y ODR (“ In particular, the enforceability of agreements and decisions reached via ODR must be ensured ”), y la creación de un régimen mundial para estas plataformas (“ Considering the scope of the HCCH´s mandate, a new tourist convention should focus on providing the required legal framework for [ODR platforms or LegalTech tools] such platforms and tools to emerge and flourish ”) 118 . En Marzo de 2020, el Consejo debe decidir por la continuidad o no de estos estudios y en cual sentido. Cuanto a las características básicas de la propuesta brasileña, es necesario destacar que el Proyecto de Convención sobre Cooperación y Acceso a la Justicia referente a Turistas Internacionales”, de 2014, explica en su preámbulo la impor‑ tancia del turismo global, “de su rol económico y social, con beneficios para todos los Estados involucrados, y en particular, la contribución que constituyen los turistas internacionales en el afianzamiento del sector turístico y el desarrollo económico de todos los Estados”. El Proyecto considera “que los turistas extran‑ jeros al no ser residentes habituales o nacionales de los Estados visitados, pueden tener que enfrentar especiales dificultades relacionados con el acceso a los tribu‑ nales y a los procedimientos alternativos disponibles en los Estados visitados, para resolver cuestiones y disputas referentes a sus intereses económicos y a su aseguramiento y garantía”. Además toma en cuenta la Convención de la Haya del 25 de octubre de 1980 sobre Acceso Internacional a la Justicia y documentos 117 Anexo III, pp. iii‑iv del ‘Final Report of the Experts’ Group on the Co‑operation and Access to Justice for International Tourists (Tourism Project)’, 2018, accessible en: https://www.hcch.net/pt/projects/legislative‑ projects/ protection‑of‑tourists. 118 Report on International Instruments and Principles Relevant to the Tourism Project as well as Possible Grounds of Jurisdiction for Matters Relating to International Tourists ” of Dr. Nino Sievi, nr. 3. La version final del studio no está accessible aún, pero és posible afirmar que esta parece ser una tendiencia actual, véase en la UNWTO el ‘Optional Protocol on Conciliation mechanism for the settlement of disputes” como suplemento al ‘Draft Convention on Tourism Ethics’.

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