Derecho del Turismo en las Américas
66 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS El análisis de la legislación turística de Iberoamérica a través del desarrollo bibliográfico es un gran aporte para nuestros estudiantes y docentes. Nuestra Ley Nacional de Turismo (25997), determina en su artículo 1 que es objeto de nuestra legislación el fomento, el desarrollo, la promoción y la regulación de la actividad turística y del recurso turismo mediante la determinación de los mecanismos necesarios para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad. La propia Organización Mundial del Turismo desarrolla una ambiciosa agenda que establece un marco mundial hasta 2030 para acabar con la pobreza extrema, combatir la desigualdad y la injusticia y solucionar el cambio climático. El turismo debe ser convocado a dar solución a través de la sostenibilidad. Por tal motivo considero a esta obra un valioso aporte a las áreas del conocimiento jurídico y turístico, deseando que estas actividades académicas den mayor impulso a los lazos entre nuestras instituciones. Juan Carlos Del Bello Rector de la Universidad Nacional de Río Negro, Argentina
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