Derecho del Turismo en las Américas

690 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS RESUMEN Todo el análisis en derecho del turismo, en Chile, debe partir por centrarse en la Ley N.º 20.423, o Ley de Turismo. La orgánica turística chilena, consagrada principalmente en ese texto, es compleja, con recientes innovaciones hacia lo multisectorial, y el reparto de competencias con vinculación cada vez mayor con el mundo privado. Esta norma pretende convertirse en una norma marco de la actividad turística aunque, como se verá, subsisten definiciones, procedimientos y regulaciones sectoriales que cubren significativos aspectos de la actividad turís‑ tica, tanto pública como privada. Por otra parte, al alero de la Ley de Turismo, se han desarrollado instrumen‑ tos de gestión turística de distinto éxito y madurez en el marco de la legislación nacional, evidenciándose carencias importantes en lo relativo a sustentabilidad, sobre todo, en la estratégica área del manejo y gestión turística en las áreas silves‑ tres protegidas y en la gestión turística colaborativa en las Zonas de Interés Turístico. También se regula de mejor manera la política de promoción, con una fuerte vinculación con el mundo privado. De la misma forma, la relativamente nueva legislación incorpora un sistema de registro y certificación de calidad en prestaciones turísticas, no muy avanzado como se verá, pero si innovador al régi‑ men existente con anterioridad. Por último, se contempla una incipiente aproximación a la protección del turista, donde nuestra legislación no es demasiado avanzada, y más bien, queda cubierta esa falencia con otro cuerpo legal, como lo es la Ley de Protección al Consumidor. INTRODUCCIÓN El sector turismo en Chile es una piedra angular de la actividad económica, laboral y social del país. Ha ido adquiriendo cada vez más importancia en la actividad económica nacional, al punto de ser, hoy, la actividad prioritaria de no pocas regiones y/o ciudades del país. En concordancia con esa realidad, en la última década se ha actualizado parte de la normativa, sobre todo después de la dictación de la Ley N.º 20.423, “Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo”, a la cual, será menester referirse como Ley de Turismo. Esta nueva normativa dista de ser todo lo siste‑ mática que sería deseable, ya que, si bien es cierto varias cuestiones importantes

RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy