Derecho del Turismo en las Américas
732 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS La dictación del Decreto Ley que crea el Servicio Nacional de Turismo, más que variaciones sustanciales a la normativa anterior, sin perjuicio que le dio una orgánica administrativa de rango superior, y de alguna mayor fortaleza ejecutiva que la que tenía la anterior Dirección de Turismo, implica, en parte, la actualiza‑ ción y, en gran medida, una adecuación de la normativa turística al proceso “refundacional”, que vivía en el país por esos años, estableciendo la organización interna del servicio, sus atribuciones, y las funciones para cumplir sus finalidades. Con la misma lógica y en el sentido de adecuar la normativa a un contexto de inspiración neoliberal exacerbado como el que se asentó en Chile, prescindiendo de variables propias y esenciales del turismo, el Decreto Ley Nº 1.224 fue modi‑ ficado por el Decreto Ley Nº 3.477, de 1980, derogándose del ámbito de facultades del Servicio, las que se referían al control y a la fiscalización públicos de la actividad turística. Posteriormente y como primera expresión de una normativa que comenzaba un proceso de actualización efectivo para satisfacer los nuevos requerimientos del desarrollo turístico, se dicta la Ley Nº 19.255, de 1993, que faculta al Servicio Nacional de Turismo la posibilidad de formar, integrar, y participar en corpora‑ ciones de derecho privado sin fines de lucro, con la finalidad fundamental de la promoción turística de Chile en el extranjero, resultando en una creativa e inte‑ resante fórmula jurídica, para ese momento, que dio nacimiento a la Corporación de Promoción Turística (CPT). Permitió, además, al ente público aportar presu‑ puesto y asociarse colaborativamente con entes relevantes del sector privado, para la promoción turística del país, una innovación jurídicoinstitucional que se puede decir que dio el puntapié inicial al efectivo posicionamiento promocional de Chile en el mercado turístico mundial contemporáneo. Para completar el cuadro normativo regulatorio de la actividad turística en Chile previo a la dictación de la Ley Marco a que nos referiremos más adelante, hay que señalar, en términos generales, que dicho cuadro normativo se completa con el Decreto con fuerza de Ley Nº 7 de 1990, que reestructuró las plantas y escalafones funcionarios del Servicio Nacional de Turismo, el Decreto Supremo Nº 515, de 1978, norma de rango reglamentario para la aplicación del Decreto Ley Nº 1.224; y por último, el Decreto Supremo Nº 227 del Ministerio de Economía, que establecía el Reglamento de clasificación, calificación, y registro de establecimientos de alojamiento turístico. Se asumió que toda esta normativa debía ser actualizada para responder a los nuevos desafíos del desarrollo turístico a nivel mundial, y así, el diagnóstico
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