Derecho del Turismo en las Américas

736 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Así, se propone crear un ente colegiado con carácter consultivo, asesor del Comité o Consejo de Ministros, para la formulación de las políticas públicas promocionales de Turismo. Uno que se conformase con la integración de repre‑ sentantes de entes públicos con incidencia en la actividad turística, como de representantes de entes gremiales privados del sector turístico, todo a fin de lograr una eficiente y efectiva canalización de los intereses que están en juego en el desarrollo turístico. III.1.5. Servicios turísticos y calidad Con esta nueva legislación de turismo, se buscaba transformar a la prestación de servicios turísticos, y a los propios servicios turísticos, en un objeto de regulación especial, justificándose esta opción en el interés público, comprometido de con‑ tar con una oferta de servicios turísticos con estándares de calidad aceptados internacionalmente que, en definitiva, potencien y no perjudiquen la imagen o marca del país y, por ende, el desarrollo turístico. Como resguardo e incentivo de la calidad en la prestación de servicios turís‑ ticos, se perseguía un sistema de registro de servicios turísticos y de certificación de calidad de los mismos, administrado por el Servicio Nacional de Turismo. En el mismo sentido, se propuso establecer un sistema de certificación de calidad a través de certificadores de estándares de calidad. Estos serían reconocidos para que los servicios debidamente certificados pudiesen acceder a un sello oficial de calidad, de carácter promocional, para utilizarlo con esos fines, y que permitiese al prestador certificado ser incorporado en las estrategias promocionales públi‑ cas, incentivando, de este modo, el mejoramiento y estandarización de la calidad de los servicios turísticos. III.1.6. Protección de los turistas También se incorporó, en la lógica de la nueva regulación legislativa del turismo, la idea o conceptualización de los derechos de los turistas, equiparándolos con los derechos de los consumidores en general y proponiendo la aplicación de la legislación interna de la materia y el establecimiento de mecanismos de sanción para la infracción de derechos y obligaciones legales, o para aquellos casos en que se afectase la imagen del país con ofertas y procedimientos falsos o engañosos.

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