Derecho del Turismo en las Américas

748 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Mientras el sello de calidad se encuentre vigente, el Servicio Nacional de Turismo podrá, por resolución fundada, prohibir su uso, retirarlo o suspenderlo, en el caso de los prestadores de servicios turísticos que hayan usado indebida‑ mente el mismo o que incumplan las disposiciones legales que los regulen en la materia. La norma señala expresamente que se entenderá, a modo de ejemplo, por incumplimiento “ cualquier variación adversa y significativa en los términos, condiciones, hechos o circunstancias que justificaron la certificación de calidad ” (Art. 42) . También se prohíbe expresamente, por la Ley, la falsificación del sello o el asignarse públicamente un nivel de calidad que no haya sido certificado, conductas a las cuales se aplicarán las sanciones que establece específicamente la Ley en comento, como las penales y del ordenamiento jurídico general que correspondan. Por otraparte, laLey, además de encargar al InstitutoNacional deNormalización (INN) acreditar y registrar a los certificadores, también le encarga la elaboración y proposición de las normas técnicas de calidad a que la misma Ley se refiere, las cuales deben, posteriormente, ser aprobadas por Decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, disponiendo, a su vez, que los estándares de seguridad han de ser definidos por la vía de norma de rango reglamentario. IV.7. Derechos y Obligaciones de los Servicios Turísticos Como señala el profesor Ricardo Sandoval López, en el tomo VIII, dedicado al Derecho Del Turismo, como parte de su obra sobre el Derecho Comercial, refiriéndose a la relación entre el Derecho del Turismo y el Derecho del Consumidor, “ existe entre ambos una estrecha relación si consideramos que el turista es un consumidor y que las empresas de servicios turísticos son proveedores ”, enten‑ diendo la parcialidad de tales definiciones, resultan adecuadas para entender la aplicación de la Ley de Protección de los Consumidores, a las relaciones entre turistas y prestadores de servicios turísticos, como también la aplicación de los principios de la misma normativa. Así se aplica, a dicho tipo de relaciones, el principio de irrenunciabilidad de los derechos, constituyendo una orientación tendiente a resolver la asimetría entre consumidor y proveedor. Asimetría específicamente mayor aún en el caso de la relación entre turista y prestador, considerada la condición de extranjero o foráneo del primero. También se da aplicación en nuestro ordenamiento turístico al principio de la buena fe contractual, por lo que las obligaciones de las partes no se reducen solo a la o las prestaciones expresamente convenidas, sino también a todas aque‑

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