Derecho del Turismo en las Américas
Normativa Tributaria de Excepción 787 franquicias, debiendo exhibirse la resolución aprobatoria de instalación emitida por el Intendente Regional, para acreditar el goce de la exención. a) Exención del IVA y Arancel para la importación de mercancías, desde el extranjero al territorio especial – la franquicia alcanza solo a empresas del Artículo 1°, para toda clase de mercancías necesarias para sus procesos productivos o de prestación de servicios, materias primas, artículos a media elaboración y partes y/o piezas que se incorporen o consuman en dichos procesos, al igual que las maquinarias y equipos destinados a efec‑ tuar esos procesos, o al transporte y manipulación de las mercancías, como también los combustibles, lubricantes y repuestos necesarios para su man‑ tenimiento; realizada mediante DIPS (Declaración de Importación de Pago Simultáneo) o DIN (Declaración de Ingreso Nacional). b) Exención del Impuesto de Zona Franca, por mercancías importadas, adquiri‑ das en el recinto franco, trasladadas al territorio especial – la franquicia alcanza solo a empresas del Artículo 1°, para toda clase de mercancías necesarias para sus procesos productivos o de prestación de servicios, materias primas, artículos a media elaboración y partes y/o piezas que se incorporen o consuman en dichos procesos, al igual que las maquinarias y equipos destinados a efectuar esos procesos, o al transporte y manipula‑ ción de las mercancías, como también, los combustibles, lubricantes y repuestos necesarios para su mantenimiento; realizada mediante SRF (Solicitud Registro Factura). c) Exención del IVA para las compras desde el resto del país, de mercancías nacio‑ nales o nacionalizadas, ingresadas al territorio especial – la franquicia alcanza tanto a empresas del Artículo 1° como a comerciantes del inciso segundo del Artículo 9°, para mercancías nacionales o nacionalizadas necesarias para el desarrollo de sus actividades, procesos y ampliaciones, con trata‑ miento de exportación (sin alterar la proporcionalidad de IVA Crédito Fiscal para el vendedor), mediante Factura Especial de Venta Exenta a Empresas del Territorio Preferencial (Arts. 1° y 9° de la Ley N° 19.149), y subsidiariamente con Factura de Compra, cuando las circunstancias impi‑ dan que el enajenante emita la factura especial. d) Exención del IVA por los bienes y servicios provistos por domiciliados del terri‑ torio preferente, en dicha zona geográfica – la franquicia alcanza solo a empresas del Artículo 1° (por interpretación del SII, contrario a lo expre‑ sado en el cuerpo legal), para la adquisición de bienes situados en la zona
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