Derecho del Turismo en las Américas
848 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS privilegia el Turismo Rural Comunitario, dado que los acuerdos de paz del gobierno de Santos permiten ahora visitar muchas zonas rurales que antes eran inaccesibles por causa del conflicto armado con las Fuerzas Armadas Revolucio‑ narias de Colombia (FARC). De otro lado, la legislación actual permite el turismo social, destinado a las personas de recursos económicos limitados, aquellos cuyos ingresos familiares mensuales sean reducidos. Para ello, el Viceministerio de Turismo, con el apoyo y en coordinación con las dependencias y entidades competentes, deberá promo‑ ver la constitución y operación de empresas del sector social, para favorecer la población menos favorecida económicamente. Por último, la buena legislación turística ha permitido desarrollar el área de la salud, convirtiéndolo en uno de los motores económicos del país, lo que ha generado un inesperado interés de extranjeros a Colombia. Sin embargo, hace falta aumentar la innovación en la oferta de servicios médicos y paramédicos, el fortalecimiento profesional y especializado del personal en salud, las competen‑ cias del bilingüismo en los profesionales médicos y administrativos en los hospitales y clínicas del país. A lo que se une la ampliación de la capacidad hote‑ lera, la ampliación des rutas aéreas, marítimas, fluviales y terrestres; así como una mejor oferta de planes turísticos ligados a los procedimientos pre y pos interven‑ ción médica. El gran reto ahora para Colombia es enfrentar la industria turística tecnoló‑ gica que se abre campo a pasos agigantados en el mundo entero, para lo cual Colombia deberá invertir considerablemente en la ampliación de Redes y los Sistemas de conexión digital modernos. De allí la necesidad de pensar en la crea‑ ción del Ministerio de turismo como la cartera que el gobierno necesita en el próximo lustro para dinamizar su economía.
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