Derecho del Turismo en las Américas
Tributos que Gravan el Turismo en Colombia 877 8.3. Impuesto de industria y comercio Medellín Código Actividad Tarifa por mil 5111 Las empresas de transporte de pasajeros: aéreas excepto el que opera dentro de áreas metropolitanas o ciudades dormitorio (Ley 1558 de 2012). 7 4921 Las empresas de transporte de pasajeros terrestres, excepto el transporte urbano (Ley 1558 de 2012). 7 4921 Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico (Ley 1558 de 2012). 7 5514 Los concesionarios de servicios turísticos en parques nacionales que presten servicios turísticos (Ley 1558 de 2012). 7 5519 Los centros de convenciones (Ley 1558 de 2012). 7 Cartagena Servicio de transporte terrestre = 8 por mil. Transporte colectivo de pasajeros = 5 por mil 9. TURISMO ALTERNATIVO – ECOTURISMO A partir del 1 de enero de 2019 53 , se establece un nuevo beneficio del impuesto sobre la renta y complementarios, con un gravamen del nueve por cien (9%), para personas jurídicas y físicas, que desarrollen los siguientes proyectos: Parques temáticos, parques de ecoturismo y agroturismo y nuevos muelles náuticos que se construyan en municipios hasta de doscientos mil (200.000) habitantes dentro de los diez (10) años siguientes, es decir, hasta 31 de diciembre de 2028, la tarifa reducida aplica por veinte (20) años desde la finalización de obras y puesta en marcha. Si la construcción se realiza en municipios de igual o superior a doscientos mil (200.000) habitantes, y se realiza dentro de los diez (10) años siguientes, es 53 Artículo 80 de la Ley 1943 de 2018. Reemplazado por el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019.
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