Derecho del Turismo en las Américas
924 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Artículo 18. Requerimiento de Auditorías . Las empresas u organizaciones turísticas con el CST aprobado y otorgado, volverán a ser auditadas en los siguientes casos: a) Al vencimiento del CST, el cual tiene un plazo de dos años calendario a partir de su otorgamiento. b) Cuando el interesado certificado con el CST solicite una nueva auditoría lo cual podrá hacer cumplidos seis meses calendario posteriores a la fecha en la que se le otorgó el CST. Artículo 19. Acceso a la información . Toda la información relacionada con el proceso del CST – excepto aquella que competa estrictamente a la empresa u organización turística –, deberá estar disponible en la Plataforma en Línea a los usuarios del servicio, funcionarios del ICT o personas interesadas para que puedan consultarlo y cotejarlo con la situación real de la empresa u organización. Capítulo V Del Logotipo del CST Artículo 20. Uso del logotipo del CST . A las empresas u organizaciones turísticas con el CST se les identificará mediante un logotipo, que debe colocar en un lugar visible del esta‑ blecimiento. Las empresas u organizaciones turísticas podrán hacer uso del logotipo del CST en su material promocional y papelería de acuerdo a las directrices que para tales efectos emita el ICT. Capítulo VI De los Beneficios del CST Artículo 21. Beneficios . Las empresas u organizaciones turísticas titulares del CST vigente, tendrán los siguientes beneficios: a) Acceso a información sobre tecnologías amigables con el ambiente y a toda otra infor‑ mación necesaria para aplicar el estándar del CST, según sea su operación. b) Material promocional específico del Programa CST. c) Promoción diferenciada en actividades y ferias turísticas a nivel nacional e internacio‑ nal y apoyo técnico y logístico prioritario para su participación en las mismas. d) Exoneración o descuento según sea el nivel obtenido luego de la auditoría y se aplicará de la siguiente forma: Nivel Básico 60%, Nivel Élite 100%, en la cuota de participa‑ ción en ferias internacionales en las que participa el ICT, de conformidad con el Reglamento denominado “Regulaciones Generales para la Participación de la Empresa Privada en Ferias Internacionales”, aprobado por el ICT y publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 53 del 14 de marzo del 2012. e) Participar en eventos, seminarios y talleres organizados por el ICT para compartir o discutir los alcances del certificado CST. f ) Presencia de la empresa u organización turística en la página exclusiva del programa CST. g) Autorización para utilizar en su promoción el enlace del sitio electrónico del programa CST.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy