Derecho del Turismo en las Américas
94 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS de esa normativa es la proliferación, hasta la inflación, de instrumentos de planifica‑ ción turística que en la mayoría de los casos no alcanzan a tener la virtualidad exigible. Junto a referencias generales a la relación entre ordenación del territorio y turismo, habría que mencionar la necesidad de reflexiones concretas sobre cues‑ tiones más específicas, pero íntimamente unidas tanto a la actividad turística, como a la ordenación del territorio. Así, las obras públicas, dando un espacio singular a aquellas que tienen, o bien una razón de ser meramente turística, o bien especial incidencia sobre el turismo; la ordenación de los recursos culturales y medioambientales, tomando en consideración tanto las afecciones positivas como las negativas que se derivan de su consideración como recursos turísticos; o, por no hacer interminable esta referencia, los planes de ordenación del litoral que, como es evidente, tienen en la mayoría de los casos una consideración pre‑ dominantemente turística. En las líneas finales de esta reflexión, debe indicarse que la visión integral del turismo debe tener en cuenta la necesidad de favorecer la desestacionalización y, en consecuencia, la diversificación de la oferta propiciando nuevos segmentos de demanda. Precisamente, hay que insistir en que esa visión integral no es incom‑ patible con las peculiaridades que se derivan de la segmentación y especialización de la oferta turística, con algún caso especialmente claro como el turismo rural que, al contrario de lo que en ocasiones se ha indicado y realizado en muchas más, exige una adecuada integración en el conjunto de la oferta turística. B. Nuevos retos: Calidad y seguridad turística Aunque ya puede considerarse un tema recurrente y clásico de los estudios turís‑ ticos, parece preciso realizar una breve referencia a alguna de las exigencias derivadas de un concepto dinámico de la calidad y a una de las cuestiones que más vinculada parece va a ir a la misma, en el futuro próximo, como es la segu‑ ridad de los destinos turísticos. Lo que a continuación se exponen son una serie de ideas‑guía que requerirían un mayor desarrollo pero con las que se quiere apuntar alguna de las principales tendencias que necesariamente incidirán en la legislación turística 25 . En un examen superficial de la evolución de la calidad turística, puede obser‑ varse cómo se ha producido una significativa evolución del mismo desde un 25 Sobre las primeras manifestaciones del principio de calidad turística en la legislación puede verse mi trabajo, J. TUDELA ARANDA, La problemática jurídica de la calidad turística, RArAP n.º 23, 2003, pp. 131‑154.
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