Derecho del Turismo en las Américas
946 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS pueden ser un espacio donde confluyan los intereses típicos del turismo de natura‑ leza y de aventura 25 con los estudios especializados 26 . El turismo de salud en Cuba se presenta como otra de las modalidades para el desarrollo del sector. Con trece sucursales distribuidas en todo el país – según ha afirmado la doctora Miladys Orraca, Presidenta de la Comercializadora de Servicios Médicos Cubanos S.A. – y algunas en Asia y África, cinco clínicas espe‑ cializadas, nueve clínicas internacionales de salud, consultorios médicos en los polos turísticos, farmacias y ópticas que brindan servicios a clientes extranjeros en más de doscientos ochenta programas, así como servicios enfocados hacia pacientes que padecen dolencias como el cáncer, diabetes, afecciones neurológi‑ cas, audiológicas u odontológicas. Así, Cuba se presenta como un destino significativo dentro del turismo de salud 27 . De igual modo, puede resultar atractivo como destino por la existencia de fármacos de producción nacional que se encuentran entre los primeros del mundo de su tipo (Heberprot‑P, para el tratamiento de la úlcera de pie diabético, la vacuna terapéutica Cimavax EGF, en el tratamiento del carcinoma pulmonar, el Heberferón, para el tratamiento de carcinomas de la piel, entre otros), así como de tratamientos de diversa índole (retinosis pigmentaria, psoriasis, adiccio‑ nes) 28 . Se pueden citar, entre los centros especializados en servicios médicos, el Centro Internacional de Rehabilitación Neurológica (CIREN), que desarrolla diversos tratamientos en el área de las neurociencias, el Centro de Topes de Collantes, dedicado a la práctica de técnicas de Medicina tradicional y ejercicios físicos terapéuticos, o el Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria. El discurso sobre el componente cultural del turismo presenta una variedad tal de matices que una modesta obra, como la presente, solamente puede perfilar algunos de sus caracteres. Todo viaje turístico, se persiga o no tal fin, tiene un componente de apropiación cultural, de comparación, de descubrimiento. 25 Definido por la Resolución No. 50 de 2014 del Mintur, Artículo 2 d) como: “Toda actividad turística que implica determinado esfuerzo físico para cumplimentar el reto y el desafío, con el uso de equipamiento o no y sobre la base del riesgo controlado y la seguridad del turista, sin degradar o agotar los recursos y el medio ambiente. 26 Revista Excelencias , 17 de abril de 2020, https://www.excelenciascuba.com/turismo/cuevas ‑cubanas- declaradas‑monumento‑nacional. La Resolución No. 50 de 2014 del Mintur, Artículo 2 c) define al Ecoturismo como: “Modalidad turística especializada, ambientalmente responsable, consistente en visitar áreas naturales poco alteradas, con el fin de disfru‑ tar, apreciar e interpretar los atractivos naturales (paisaje, flora y fauna silvestres, entre otros) de dichas áreas, así como cualquier manifestación cultural, del presente y del pasado, que puedan encontrarse ahí, a través de un pro‑ ceso que promueve la conservación, tiene bajo impacto ambiental y cultural y propicia un involucramiento activo y socioeconómicamente beneficioso para las poblaciones locales”. 27 Spanish .xinhuanet.com (2019‑05‑25). http://spanish.xinhuanet.com/2019 ‑05/25/c_138087163.htm. 28 Ibidem .
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